Cerrado

Cierre de Postulación el Lunes 22 de Mayo del 2023
  • 21 abr. 23
    Inicio

    Fecha de inicio de postulaciones

  • 22 may. 23
    Cierre

    Fecha de cierre de postulaciones

  • 05 sept. 23
    Resultados

    Entrega de resultados

  • 06 sept. 23
    Firma

    Firma de convenios

Tipo de Postulación

Modalidad de Postulación

Ambas modalidades

Para postular al Programa PAMMA Productivo 2023, los productores/as deberán elaborar y postular su proyecto a través del banner disponible la página web www.minmineria.cl, que dirigirá a la plataforma de postulación www.fondos.gob.cl, para la cual debe disponer de la Clave Única.

Cabe señalar que solo se aceptarán y se considerarán como válidas las postulaciones que sean ingresadas al portal www.fondos.gob.cl

La ejecución del programa se realizará a través de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) quien prestará la asesoría técnica, administrativa y gestión de los proyectos adjudicados.

Tipo de Postulante

Tipo de Postulante

Personas Naturales y Jurídicas


Tipo de Financiamiento

Tipo de Financiamiento

Hasta $15.000.000

Hasta $9.000.000 para proyectos individuales (personas natural o jurídica)

Hasta $15.000.000 para proyectos Asociativos

Para postular al Programa PAMMA Productivo 2023, los productores/as deberán elaborar y postular su proyecto a través del banner disponible la página web www.minmineria.cl, que dirigirá a la plataforma de postulación www.fondos.gob.cl, para la cual debe disponer de la Clave Única.

Cabe señalar que solo se aceptarán y se considerarán como válidas las postulaciones que sean ingresadas al portal www.fondos.gob.cl

La ejecución del programa se realizará a través de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) quien prestará la asesoría técnica, administrativa y gestión de los proyectos adjudicados.


Hasta $9.000.000 para proyectos individuales (personas natural o jurídica)

Hasta $15.000.000 para proyectos Asociativos


Información del proceso de Postulación

Requisitos de Postulación

Los/as interesados/as deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases del concurso, los que serán verificados en la etapa de admisibilidad.

 

La lista de antecedentes es obligatoria, de manera tal que, en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulación será declarada inadmisible, sin más trámite. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a las formalidades exigidas, sean ilegibles, se encuentren incompletos o no se encuentren vigentes, se considerarán como no presentados, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 5.2 (Subsanación de Antecedentes) de las presentes bases.

 

Las postulaciones, individuales o asociativas, deberán cumplir con todos los requisitos exigidos en las presentes bases.

Documentos necesarios

Para postulaciones individuales de Personas Naturales de la minería metálica.

a.      Copia simple, por ambos lados, de la cédula nacional de identidad vigente del postulante. En el caso que hayan perdido vigencia durante los años 2020, 2021 o 2022, se estará a lo dispuesto en los Decretos N° 147, de fecha 13 de diciembre de 2021 y N° 71, de fecha de 20 de mayo de 2022, ambos del Ministerio de Justicia y DDHH.

b.      Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30), que se encuentre vigente al momento de la postulación o Informe DICOM que acredite que no tenga deudas laborales y previsionales.

c.       Copia del comprobante de pago de la patente minera correspondiente al año 2023.

d.      Copia de la resolución que aprueba el plan de explotación de la faena minera, vigente y aprobado por Sernageomin, con una vida útil que cubra todo el periodo de ejecución del proyecto minero a postular.[1] En los casos que el postulante presente un plan con una vigencia menor a la renovación o ampliación del proyecto minero, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación ante el Sernageomin, por un plazo que al menos cubra todos los meses de duración del citado proyecto.

e.      Copia de la resolución que aprueba el plan de cierre de la faena minera, vigente y aprobado por Sernageomin. En los casos que el postulante presente un plan con una vigencia menor a la extensión del proyecto minero, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación ante el Sernageomin, por un plazo que al menos cubra todos los meses de duración del citado proyecto.

f.        Copia de la resolución que amplía la vida útil del proyecto y/o cambio de titularidad, vigente y aprobado por Sernageomin, si procede, y que su nueva vigencia incluya a aquella que comprenderá el proyecto minero con el que se postula. En los casos que el postulante presente una resolución con una vigencia menor a la extensión del proyecto minero, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación o de cambio de titularidad ante el Sernageomin, por un plazo que al menos cubra todos los meses de duración del citado proyecto, o cuyo cambio esté tramitado a la fecha de la adjudicación, según corresponda.

g.      Certificado de Dominio vigente de la propiedad minera respectiva, con un máximo de 6 meses de antigüedad, en el caso que el postulante sea el concesionario minero.

h.      Copia de título de mera tenencia o de uso de la faena minera, tales como contrato de arrendamiento, comodato, permiso de uso, etc., de la concesión de explotación, con plazo de vencimiento acorde a la ejecución del proyecto que se desea postular. Esta exigencia deberá cumplirla cuando el postulante no es el concesionario minero.

i.        Producción mensualizada los últimos 12 meses desde la postulación, demostrado a través de facturas u otro documento tributable.

j.        Declaración jurada simple de no tener rendiciones pendientes (Anexo 6 A).

k.       Declaración jurada simple de probidad (Anexo 7 A).

l.        Certificado General de deudas de Alimentos, emitido por el Registro Civil.[2]-[3]

Postulaciones individuales de Personas Jurídicas de la minería metálica.

a.      Copia simple, por ambos lados, de la cédula nacional de identidad vigente del representante(s) legal(es). En el caso que hayan perdido vigencia durante los años 2020, 2021 o 2022, se estará a lo dispuesto en los Decretos N° 147, de fecha 13 de diciembre de 2021 y N°71, de fecha de 20 de mayo de 2022, ambos del Ministerio de Justicia y DDHH..

b.      Copia simple, por ambos lados de RUT de persona Jurídica.

c.       Copia del certificado de vigencia persona jurídica, con una vigencia de 6 meses, contados de la fecha de postulación.

d.      Copia del Instrumento que acredite la personería del representante legal, con una vigencia de 6 meses, contados desde la fecha de postulación.

e.        Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) que se encuentre vigente al momento de la postulación o Informe DICOM que acredite que no tenga deudas laborales y previsionales.

f.        Copia del comprobante de pago de la patente minera correspondiente al año 2023.

g.      Copia de la resolución que aprueba el plan de Explotación de la faena minera, vigente y aprobado por Sernageomin, con una vida útil que cubra todo el periodo de ejecución del proyecto minero a postular[4]. En los casos que el postulante presente un plan con una vigencia menor a la extensión del proyecto minero, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación ante el Sernageomin, por un plazo que al menos cubra todos los meses de duración del citado proyecto.

h.      Copia de la resolución que aprueba el plan de cierre de la faena minera, vigente y aprobado por Sernageomin. En los casos que el postulante presente un plan con una vigencia menor a la extensión del proyecto minero, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación ante el Sernageomin, por un plazo que al menos cubra todos los meses de duración del citado proyecto.

i.        Copia de la resolución que amplía la vida útil del proyecto y/o cambio de titularidad, vigente y aprobado por Sernageomin, si procede, y que su nueva vigencia incluya a aquella que comprenderá el proyecto minero con el que se postula. En los casos que el postulante presente una resolución con una vigencia menor a la extensión del proyecto minero, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación o de cambio de titularidad ante el Sernageomin, por un plazo que al menos cubra todos los meses de duración del citado proyecto, o cuyo cambio esté tramitado a la fecha de la adjudicación, según corresponda.

j.        Certificado de Dominio vigente de la propiedad minera respectiva, con un máximo de 6 meses de antigüedad en el caso que el postulante sea el concesionario minero.

k.       Producción mensualizada los últimos 12 meses desde la postulación, demostrado a través de facturas u otro documento tributable.

l.        Copia de título de mera tenencia o de uso de la faena minera, tales como contrato de arrendamiento, comodato, permiso de uso, etc., de la concesión de explotación, con plazo de vencimiento acorde a la ejecución del proyecto que se desea postular. Esta exigencia deberá cumplirla cuando el postulante no es el concesionario minero.

m.    Declaración jurada simple de no tener rendiciones pendientes (Anexo 6 B).

n.      Declaración jurada simple de probidad (Anexo 7 B).

 

Postulaciones Asociativas de minería metálica.

a.      Copia simple, por ambos lados, de la cédula nacional de identidad vigente del representante(s) legal(es) de la persona jurídica (agrupación, asociación, sindicato, etc.). En el caso que hayan perdido vigencia durante los años 2020, 2021 o 2022, se estará a lo dispuesto en los Decretos N° 147, de fecha 13 de diciembre de 2021 y N°71, de fecha de 20 de mayo de 2022, ambos del Ministerio de Justicia y DDHH.

b.      Copia simple, por ambos lados, del RUT de la persona jurídica.

c.       Certificado de vigencia de la agrupación, asociación o sindicato, u otro documento equivalente, que acredite tal calidad. El documento deberá tener una antigüedad máxima de 6 meses a la fecha de inicio del periodo de postulación.

d.      Copia simple del instrumento o estatutos vigentes que acrediten la personería del representante legal. El documento deberá tener una antigüedad máxima de 6 meses contados hacia atrás a la fecha de postulación.

e.      Copia simple del Listado de Asociados Activos inscritos a la fecha de postulación, con nombre, apellido, RUT y nombre de la faena. (Anexo N° 3) el que debe estar debidamente firmado por el/los representante/s legal/es de la asociación.

f.        Declaración jurada simple de no tener rendiciones pendientes (Anexo 6 B).

g.      Declaración jurada simple de probidad (Anexo 7 B).

 



[1] Conforme lo dispuesto en el decreto supremo N° 30, de 2021, del Ministerio de Minería, que modifica el decreto supremo N° 132, de 2002, que aprueba el Reglamento de Seguridad Minera, en el sentido que indica, se podrán aceptar proyectos de Explotación Artesanal (PEA), Proyectos de Explotación Simplificado (PES) o Proyectos de Explotación y/o Tratamiento (PET), según corresponda.

[2] Conforme lo dispuesto en el artículo 35 de la ley N° 14.908 en caso de que postulante tenga una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos y resulte adjudicado por el presente fondo, la Subsecretaría de Minería retendrá el equivalente al 50% del monto del beneficio o el monto inferior si éste es suficiente para solucionar el monto total de los alimentos adeudados, debiendo entregar la suma de dinero al alimentario.

[3] La Subsecretaría de Minería estará facultada para poder consultar y requerir el certificado respectivo emitido por el Registro Civil e Identificación, sin perjuicio del certificado que pueda ser entregado por cada postulante.

[4] Conforme lo dispuesto en el decreto supremo N° 30, de 2021, del Ministerio de Minería, que modifica el decreto supremo N° 132, de 2002, que aprueba el Reglamento de Seguridad Minera, en el sentido que indica, se podrán aceptar Proyectos de Explotación Artesanal (PEA), Proyectos de Explotación Simplificado (PES) o Proyectos de Explotación y/o Tratamiento (PET), según corresponda.

Criterios de Evaluación

En primera instancia, se evaluará la pertinencia de los proyectos recibidos, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 4, “Tipo de proyectos a financiar” de las presentes bases.

 

La evaluación de los proyectos será realizada de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, a la cantidad de postulaciones y a los criterios contemplados en las pautas de evaluación que a continuación se detallan:

 

Pauta de Evaluación de Proyectos. A continuación, se describen los puntajes para cada criterio de evaluación, PAMMA Productivo 2023.

 

Proyectos Individuales:

·         Recomendación Técnica Proyecto Minero: Sobre la base a la visita técnica que realizará ENAMI en las faenas mineras consideradas admisibles, se evaluará cada postulación conforme el grado de cumplimiento de las normas dispuestas en el Reglamento de Seguridad Minera.

·         Venta de Mineral: Este criterio evaluará la constancia en las ventas de cada faena minera, que forma parte del proyecto minero, en los últimos 6 meses en poder de compras de ENAMI u otros tipos de venta, este criterio busca beneficiar a aquellas faenas que cuenten con una venta de mineral mensual continua en el tiempo de evaluación.

·         Faenas lideradas por Mujeres: Este criterio busca incentivar y apoyar la participación femenina en la minería de pequeña escala.

·         Mujeres en faenas mineras de pequeña escala: En este criterio se evaluará la cantidad de mujeres que realizan actividades en cada faena minera de menor escala, que forma parte del proyecto, en los últimos 12 meses.

·         Continuidad del proyecto, estimación de reservas de la faena: Este criterio busca conocer el impacto promedio a nivel productivo que tendrá la ejecución del proyecto en la o las propiedades mineras involucradas en él.

·         Etapa de desarrollo del proyecto: El postulante debe indicar en el FUP la etapa explotación de la faena según el desarrollo en que se encuentra.

·         Beneficios otorgados a Proyectos Individuales: Esta evaluación busca valorar el apoyo entregado mediante instrumentos de fomento con este tipo de beneficios en años anteriores.

 

Puntaje Total Proyectos Individuales: Antecedentes y evaluación técnica (70%) + Beneficios otorgados (30%)

Proyectos Asociativos

·         Regularización de socios activos en proyectos asociativos: Este criterio permite dimensionar los socios activos regularizados que cumplen con la norma vigente

·         Socios beneficiarios directos en proyectos asociativos: Este criterio permite conocer los beneficiarios directos de las agrupaciones asociativas de pequeños mineros. 

·         Beneficios otorgados a Proyectos asociativos: Esta evaluación busca valorar el apoyo entregado mediante instrumentos de fomento con este tipo de beneficios en años anteriores.

 

Puntaje Total Proyectos Asociativos: Antecedentes y evaluación técnica (70%) + Beneficios otorgados (30%) 

Bases del Concurso

www.minmineria.cl



Dudas y Consultas

pamma@minmineria.cl