POR ABRIR
Cierre de postulación: Viernes 04 de Septiembre, 2026

Concurso Actividades Promocionales de Vida Saludable

Este fondo financia proyectos destinados a desarrollar Actividades Promocionales de Vida Saludable dirigidas a estudiantes de educación básica y media y a sus comunidades educativas, mediante experiencias participativas que promuevan el bienestar y la incorporación de hábitos saludables. Las iniciativas deberán generar espacios para conocer, practicar y valorar hábitos relacionados con la actividad física, alimentación equilibrada y saludable, consumo de agua, higiene del sueño, autorregulación y buena convivencia, y conocimiento y cuidado del medio natural y cultural. A través de la realización de eventos en comunas priorizadas de las regiones de Atacama, O’Higgins y Biobío, el fondo busca fortalecer el bienestar integral de niñas, niños y adolescentes, promoviendo estilos de vida saludable y favoreciendo la participación de sus comunidades educativas.

Invita:
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas JUNAEB
Alcance:
Regional
Categoría:
Educación

Fechas de postulación





31 ago. 26

Fecha de inicio de postulaciones

04 sept. 26

Fecha de cierre de postulaciones

23 sept. 26

Entrega de Resultados

28 sept. 26

Firma de convenios

Detalles del fondo

Modalidad de postulación

Icono modalidad de postulación Online EN OTRA PLATAFORMA


Tipo de Postulante

Icono Tipo de Postulante Persona Jurídica


Tipo de Financiamiento

Icono Tipo de Financiamiento $28.660.306


Modalidad de postulación: Online EN OTRA PLATAFORMA

La postulación al Fondo Concursable Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 se realizará exclusivamente en modalidad online, a través de la plataforma de postulación habilitada por JUNAEB.
Fondos.gob.cl tendrá carácter informativo, por lo que la formulación y envío del proyecto, junto con los antecedentes y documentos requeridos en las Bases, deberá efectuarse directamente en la plataforma de JUNAEB disponible en:

Tipo de Postulante: Persona Jurídica

Podrán postular al Fondo Concursable Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 exclusivamente personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que cuenten con una existencia legal de, al menos, dos años al momento de la postulación. No podrán participar personas naturales ni personas jurídicas de derecho público.

Las entidades postulantes deberán contar con un objeto social o fines institucionales pertinentes con las actividades a desarrollar y acreditar experiencia en la ejecución de programas, proyectos o iniciativas vinculadas al ámbito educacional y/o de promoción de la salud, especialmente aquellas relacionadas con la promoción de hábitos de vida saludable dirigidas a niñas, niños y adolescentes en contextos escolares o comunitarios y/o a sus comunidades educativas.

Asimismo, deberán encontrarse inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, conforme a la Ley N° 19.862, y cumplir con los demás requisitos administrativos, técnicos y financieros establecidos en las Bases del concurso.

Tipo de Financiamiento: $28.660.306

El monto máximo a financiar para el proyecto de Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 es de $28.660.306 (veintiocho millones seiscientos sesenta mil trescientos seis pesos), impuestos incluidos, sujeto a la disponibilidad presupuestaria de JUNAEB para el año 2026.

Modalidad de postulación: Online EN OTRA PLATAFORMA

La postulación al Fondo Concursable Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 se realizará exclusivamente en modalidad online, a través de la plataforma de postulación habilitada por JUNAEB.
Fondos.gob.cl tendrá carácter informativo, por lo que la formulación y envío del proyecto, junto con los antecedentes y documentos requeridos en las Bases, deberá efectuarse directamente en la plataforma de JUNAEB disponible en:

Tipo de Postulante: Persona Jurídica

Podrán postular al Fondo Concursable Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 exclusivamente personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que cuenten con una existencia legal de, al menos, dos años al momento de la postulación. No podrán participar personas naturales ni personas jurídicas de derecho público.

Las entidades postulantes deberán contar con un objeto social o fines institucionales pertinentes con las actividades a desarrollar y acreditar experiencia en la ejecución de programas, proyectos o iniciativas vinculadas al ámbito educacional y/o de promoción de la salud, especialmente aquellas relacionadas con la promoción de hábitos de vida saludable dirigidas a niñas, niños y adolescentes en contextos escolares o comunitarios y/o a sus comunidades educativas.

Asimismo, deberán encontrarse inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, conforme a la Ley N° 19.862, y cumplir con los demás requisitos administrativos, técnicos y financieros establecidos en las Bases del concurso.

Tipo de Financiamiento: $28.660.306

El monto máximo a financiar para el proyecto de Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 es de $28.660.306 (veintiocho millones seiscientos sesenta mil trescientos seis pesos), impuestos incluidos, sujeto a la disponibilidad presupuestaria de JUNAEB para el año 2026.

Requisitos de Postulación

Podrán postular al Fondo Concursable Actividades Promocionales de Vida Saludable 2026 exclusivamente personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que cuenten con una existencia legal de, al menos, dos años al momento de la postulación. No podrán participar personas naturales ni personas jurídicas de derecho público.
Las entidades postulantes deberán contar con un objeto social o fines institucionales pertinentes con las actividades a desarrollar y acreditar experiencia en la ejecución de programas, proyectos o iniciativas vinculadas al ámbito educacional y/o de promoción de la salud, especialmente aquellas relacionadas con la promoción de hábitos de vida saludable dirigidas a niñas, niños y adolescentes en contextos escolares o comunitarios y/o a sus comunidades educativas.
Asimismo, deberán encontrarse inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, conforme a la Ley N° 19.862, y cumplir con los demás requisitos administrativos, técnicos y financieros establecidos en las Bases del concurso.

Podrán postular exclusivamente personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que cuenten con una antigüedad mínima de dos años desde su constitución al momento de la postulación.
Las entidades postulantes deberán cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:

  • Contar con un objeto social o fines institucionales pertinentes con las actividades que contempla el componente Actividades Promocionales de Vida Saludable.
  • Acreditar experiencia en la ejecución de proyectos o iniciativas de similar naturaleza, vinculadas al ámbito educacional y/o de promoción de la salud y dirigidas a niñas, niños y adolescentes en contexto escolar o comunitario y/o a sus comunidades educativas.
  • Encontrarse inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, de conformidad con la Ley N° 19.862.
  • Cumplir con las obligaciones de rendición de cuentas de convenios suscritos anteriormente con JUNAEB, de acuerdo con las condiciones establecidas en las Bases.
  • Presentar una propuesta técnica y económica conforme a los formatos, condiciones y antecedentes exigidos en las Bases del concurso.
  • La propuesta económica deberá ajustarse al presupuesto máximo disponible establecido para el concurso.
  • La propuesta técnica deberá considerar la realización de, al menos, un evento en una comuna priorizada de cada una de las tres regiones contempladas: Atacama, O’Higgins y Biobío, es decir, un mínimo de tres eventos.
  • Presentar los anexos, declaraciones juradas y demás antecedentes requeridos en las Bases dentro del plazo de postulación.
  • No encontrarse afecto a las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones establecidas en las Bases y en la normativa aplicable para contratar o celebrar convenios con el Estado.
El incumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en las Bases podrá dar lugar a que la postulación sea declarada inadmisible y no continúe a la etapa de evaluación técnica y financiera.

Los requisitos sobre antigüedad, objeto social, experiencia, inscripción en el registro y rendiciones se encuentran expresamente establecidos en las Bases. La exigencia de ajustar la propuesta económica al presupuesto y contemplar al menos un evento en cada una de las tres regiones también forma parte de la admisibilidad. Finalmente, las Bases detallan las situaciones de incompatibilidad e inadmisibilidad aplicables a las entidades postulantes.

Documentación

Las entidades postulantes deberán presentar la documentación requerida en las Bases Administrativas y Técnicas del concurso. Entre los principales antecedentes se encuentran:

  • Certificado de vigencia de la persona jurídica sin fines de lucro, otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, cuya emisión no sea superior a 30 días. 
  • Certificado de directorio de la persona jurídica sin fines de lucro, otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con la vigencia establecida en las Bases. 
  • Copia simple del acta de constitución o fundación, estatutos y sus modificaciones, si las hubiere, que permitan verificar la pertinencia del objeto social de la entidad con el propósito del concurso. 
  • Cédula Rol Único Tributario (E-RUT) de la organización, emitida por el Servicio de Impuestos Internos. 
  • Certificado de inscripción en el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades, como persona jurídica receptora de fondos públicos, conforme a la Ley N° 19.862, disponible en registros19862.cl. 
  • Antecedentes que permitan acreditar experiencia en la ejecución de proyectos de similar naturaleza, mediante al menos un certificado de experiencia emitido por otro mandante. 
Asimismo, deberán completarse y adjuntarse los formularios y anexos establecidos para el concurso, entre ellos:

  • Anexo 1: Declaración jurada de aceptación de las Bases y ausencia de incompatibilidades de intereses. 
  • Anexo 2: Pacto de Integridad. 
  • Anexo 3: Propuesta económica. 
  • Anexo 4: Manifestación de compromiso de los directivos de los establecimientos educacionales para participar como comunidad educativa en el evento correspondiente. 
  • Anexo 5: Manifestación de compromiso respecto de la disponibilidad de lugares o recintos adecuados para la ejecución de los eventos. 
  • Anexo 6: Currículum vitae y antecedentes de los integrantes del equipo ejecutor sujetos a evaluación, incluyendo la documentación exigida en las Bases. 
  • Anexo 7: Propuesta técnica del proyecto de Actividades Promocionales de Vida Saludable. 
  • Anexo 8: Declaración jurada simple de inexistencia de rendiciones de cuentas pendientes con JUNAEB. 
  • Anexo 10: Formulario de identificación de la entidad proponente. 
  • Anexo 11: Formato de acreditación de experiencia de la entidad ejecutora. 
  • Anexo 12: Plan de actuación ante accidentes, detección de abuso sexual y situaciones de emergencia. 
Toda la documentación deberá presentarse de forma completa y dentro del plazo establecido en las Bases del concurso.
Respecto del equipo ejecutor, las Bases contemplan, entre otros antecedentes, copia del certificado de título, acreditación de experiencia, certificado de antecedentes y certificados de inhabilidad para trabajar con menores de edad y por maltrato relevante. Los anexos 10, 11 y 12 también forman parte expresa de los documentos de postulación.

Criterios de Evaluación

Los proyectos declarados admisibles serán evaluados sobre un máximo de 100 puntos, distribuidos en una Propuesta Económica (40 puntos) y una Propuesta Técnica (60 puntos).

Propuesta Económica – Eficiencia del Presupuesto: 40 puntos. Se evaluará la cantidad de eventos comprometidos en las comunas priorizadas de Atacama, O’Higgins y Biobío. Se otorgará mayor valoración a las propuestas que realicen más eventos: 6 o más eventos corresponde al cumplimiento máximo; 5, 4 y 3 eventos representan niveles decrecientes de cumplimiento.

Diversidad y Coherencia de Actividades: 18 puntos. Se evaluará que las actividades incorporen de manera coherente los ámbitos promovidos por el programa: actividad física y movimiento; reflexión y autorregulación; alimentación saludable; higiene del sueño; y valoración del entorno natural, cultural y patrimonial.

Equipo Ejecutor: 24 puntos. Se considerará la adecuación del equipo al número de participantes, la correspondencia de los cargos y perfiles con las actividades propuestas, la incorporación de profesionales adicionales que aporten valor y la inclusión de perfiles especializados en Educación Diferencial o Psicopedagogía.

Innovación: 18 puntos. Se valorará la incorporación de innovaciones o adecuaciones en los recursos y materiales, espacios de ejecución, formas de trabajo con niñas, niños y adolescentes y productos u obras desarrollados durante las actividades.

Cada subcriterio se calificará según una escala de 100%, 50%, 25% o 0% de cumplimiento, aplicada al puntaje máximo correspondiente. El puntaje final será la suma de los cuatro subcriterios, con un máximo de 100 puntos.

Bases del Concurso

De acuerdo con los antecedentes adjuntos, las Bases Administrativas, Bases Técnicas, pauta de evaluación, anexos e instructivo de postulación estarán disponibles en el sitio web institucional de JUNAEB.

https://escuelasaludable.junaeb.cl/index.php/762821?lang=es-CL

Dudas y consultas

Las consultas y solicitudes de aclaración sobre el proceso de postulación y las Bases del concurso deberán realizarse por escrito al correo electrónico actividadespromocionales@junaeb.cl, dentro del período establecido para estos efectos.

El período formal de consultas será del 19 al 21 de agosto de 2026. Las preguntas recibidas y sus respectivas respuestas serán consolidadas y publicadas en el sitio web institucional de JUNAEB (www.junaeb.cl) el 25 de agosto de 2026.

No se responderán consultas formuladas fuera del plazo establecido ni aquellas enviadas por medios distintos al correo electrónico indicado.

Durante la etapa de evaluación, JUNAEB podrá comunicarse con las entidades postulantes desde la misma casilla electrónica para solicitar aclaraciones o la corrección de errores u omisiones formales, cuando corresponda.