POR ABRIR
Cierre de postulación: Domingo 19 de Abril, 2026

FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL REGIONALES, PROVINCIALES Y COMUNALES (FFMCS)

El objetivo del concurso es financiar, en forma complementaria, proyectos relativos a la realización, edición y difusión de programas o suplementos de carácter regional o local que refuercen el rol de la comunicación en el desarrollo social y cultural de nuestro país, rescatando la identidad propia de cada región, informando sobre su acontecer económico, social y cultural, fortaleciendo los procesos y estrategias de cada zona.

Invita:
Ministerio Secretaría General de Gobierno
Alcance:
Nacional
Categoría:
Comunicación y difusión

Fechas de postulación





02 mar. 26

Fecha de inicio de postulaciones

19 abr. 26

Fecha de cierre de postulaciones

09 jul. 26

Entrega de resultados

10 jul. 26

Firma de convenios

Detalles del fondo

Modalidad de postulación

Icono modalidad de postulación Presencial y online en Portal de Fondos


Tipo de Postulante

Icono Tipo de Postulante Personas Naturales y Jurídicas


Tipo de Financiamiento

Icono Tipo de Financiamiento Hasta $5.500.000


Modalidad de postulación: Presencial y online en Portal de Fondos

El proceso de postulación al concurso comprende la formulación técnica del proyecto y la presentación de la documentación requerida. Ambos actos se realizarán de diversas maneras a elección del medio de comunicación social postulante: 
  1. Postulación en papel físico: Se realizará presentando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, los que deberán ser entregados en las respectivas SEREMI de Gobierno o en las oficinas de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana. Las postulaciones en formato papel serán desde el 02 de marzo de 2026 y se recibirán hasta el 10 de abril de 2026 a las 15:00 horas. 
  2. Postulación por correo certificado: Se realizará enviando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, a las respectivas SEREMI de Gobierno o en las oficinas de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana. Las postulaciones por correo certificado deberán ser enviadas desde el 02 de marzo de 2026 y se recibirán hasta el 10 de abril de 2026, será válida la fecha en la cual se envíe el documento y que queda de registro según lo indicado por la empresa de despachos. Para aquellos casos en que la postulación sea enviada mediante carta certificada, el medio de comunicación social deberá dar cuenta a la persona encargada del fondo correspondiente a su región mediante aviso por correo electrónico.
  3. Postulación en línea: La postulación en línea se realizará a través del Portal de Fondos, en el sitio https://www.fondos.gob.cl/ficha/segegob/ffmcs/ donde se encontrará el formulario digital de postulación y la presentación de la documentación de postulación requerida. Los postulantes deberán tener Clave Única (mayor información en claveunica.gob.cl). El inicio de las postulaciones será el día 02 de marzo de 2026 y se mantendrán abiertas hasta el 19 de abril de 2026 (23:59 horas).

Tipo de Postulante: Personas Naturales y Jurídicas

El presente concurso se encuentra dirigido a todos los medios de comunicación social chilenos de carácter regional, provincial y comunal, cuyos titulares sean personas naturales o jurídicas.
Solo podrán participar aquellos medios cuya operación efectiva se encuentre circunscrita al territorio de una región determinada. Para estos efectos, se considerará exclusivamente:
  1. La dirección comercial declarada en el formulario de postulación (acreditada conforme a documento válido).
  2. La plataforma de difusión principal del medio (hosting, frecuencia, transmisión o soporte declarado).
  3. La cobertura real y verificable del medio dentro de la región correspondiente, de acuerdo a la documentación adjunta de postulación.
No será materia de evaluación la estructura societaria del postulante ni la eventual existencia de vínculos comerciales con otras entidades, toda vez que el concurso no contempla la verificación de conglomerados, cadenas o grupos económicos. La evaluación se limitará únicamente a los antecedentes declarados y acreditados por el postulante. 

Cuando existan dudas razonables sobre la información presentada respecto de domicilio comercial, soporte técnico o alcance regional, el Ministerio podrá solicitar aclaraciones complementarias al postulante, sin que ello implique una fiscalización de carácter societario, financiero o patrimonial.

Se entenderá por Medios de Comunicación Social, aquellos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, en forma estable, periódica y continua, textos, sonidos o imágenes destinados al público cualquiera sea el soporte o instrumento utilizado. Dichos medios de comunicación deberán contar con la documentación legal al día de las entidades regulatorias (DIBAM, SUBTEL, CNTV o según corresponda).

Serán considerados como medios de comunicación social, los siguientes soportes: 

  1. Medio de comunicación social impreso.
  2. Medio de comunicación social de servicios de radiodifusión sonora (con señal distintiva SUBTEL AM-FM-RCC).
  3. Medio de comunicación social televisivo, ya sea de señal abierta o por cable.
  4. Medios de comunicación social de otros soportes electrónicos (medios de comunicación digital).
  5. Medio de comunicación social constituidos por Ley N° 19.418 / Ley N° 19.253/ Ley N° 20.500.
Conforme a lo anterior, la información emitida mediante dichos soportes deberá ser de producción propia del medio. No serán aceptados contenidos que infrinjan derechos de autor o utilicen material de terceros sin autorización, en conformidad con la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual. Adicionalmente, para efectos de acreditar la vigencia, actualización y actividad del medio, no se considerarán como válidas aquellas publicaciones, notas o contenidos que correspondan íntegramente a material replicado desde otros medios, plataformas o agencias de noticias, cuando no exista elaboración, adaptación, autoría o identificación de la fuente por parte del medio postulante.

La postulación deberá evidenciar contenidos originales, de elaboración propia, o bien contenidos de terceros que cumplan con las siguientes condiciones mínimas:
a) Identificación explícita de la fuente, origen o agencia emisora;
b) Autorización de uso, cuando corresponda;
c) Inclusión de un aporte periodístico o editorial propio del medio (tales como contextualización, análisis local, entrevista, desarrollo propio o edición reconocible).

Publicaciones que solamente repliquen —sin citar fuente, sin elaboración propia y sin evidencia de autorización— no se considerarán válidas para efectos de verificación de actividad y vigencia del medio, ni para acreditar la existencia de contenido propio en el marco del concurso.

Tipo de Financiamiento: Hasta $5.500.000

Para el presente Concurso, se financiarán iniciativas de los siguientes soportes:

MODALIDAD DE POSTULACIÓN

MONTO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNITARIOS

MEDIOS COMUNITARIOS RADIALES, TELEVISIVOS E IMPRESOS

Postulaciones de organizaciones de interés público adscritas al Catastro OIP. 

$5.500.000

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL TRADICIONALES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL TELEVISIVOS

$5.000.000

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL RADIALES E IMPRESOS 

$4.500.000

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DIGITALES

$3.500.000


Modalidad de postulación: Presencial y online en Portal de Fondos

El proceso de postulación al concurso comprende la formulación técnica del proyecto y la presentación de la documentación requerida. Ambos actos se realizarán de diversas maneras a elección del medio de comunicación social postulante: 
  1. Postulación en papel físico: Se realizará presentando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, los que deberán ser entregados en las respectivas SEREMI de Gobierno o en las oficinas de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana. Las postulaciones en formato papel serán desde el 02 de marzo de 2026 y se recibirán hasta el 10 de abril de 2026 a las 15:00 horas. 
  2. Postulación por correo certificado: Se realizará enviando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, a las respectivas SEREMI de Gobierno o en las oficinas de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana. Las postulaciones por correo certificado deberán ser enviadas desde el 02 de marzo de 2026 y se recibirán hasta el 10 de abril de 2026, será válida la fecha en la cual se envíe el documento y que queda de registro según lo indicado por la empresa de despachos. Para aquellos casos en que la postulación sea enviada mediante carta certificada, el medio de comunicación social deberá dar cuenta a la persona encargada del fondo correspondiente a su región mediante aviso por correo electrónico.
  3. Postulación en línea: La postulación en línea se realizará a través del Portal de Fondos, en el sitio https://www.fondos.gob.cl/ficha/segegob/ffmcs/ donde se encontrará el formulario digital de postulación y la presentación de la documentación de postulación requerida. Los postulantes deberán tener Clave Única (mayor información en claveunica.gob.cl). El inicio de las postulaciones será el día 02 de marzo de 2026 y se mantendrán abiertas hasta el 19 de abril de 2026 (23:59 horas).

Tipo de Postulante: Personas Naturales y Jurídicas

El presente concurso se encuentra dirigido a todos los medios de comunicación social chilenos de carácter regional, provincial y comunal, cuyos titulares sean personas naturales o jurídicas.
Solo podrán participar aquellos medios cuya operación efectiva se encuentre circunscrita al territorio de una región determinada. Para estos efectos, se considerará exclusivamente:
  1. La dirección comercial declarada en el formulario de postulación (acreditada conforme a documento válido).
  2. La plataforma de difusión principal del medio (hosting, frecuencia, transmisión o soporte declarado).
  3. La cobertura real y verificable del medio dentro de la región correspondiente, de acuerdo a la documentación adjunta de postulación.
No será materia de evaluación la estructura societaria del postulante ni la eventual existencia de vínculos comerciales con otras entidades, toda vez que el concurso no contempla la verificación de conglomerados, cadenas o grupos económicos. La evaluación se limitará únicamente a los antecedentes declarados y acreditados por el postulante. 

Cuando existan dudas razonables sobre la información presentada respecto de domicilio comercial, soporte técnico o alcance regional, el Ministerio podrá solicitar aclaraciones complementarias al postulante, sin que ello implique una fiscalización de carácter societario, financiero o patrimonial.

Se entenderá por Medios de Comunicación Social, aquellos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, en forma estable, periódica y continua, textos, sonidos o imágenes destinados al público cualquiera sea el soporte o instrumento utilizado. Dichos medios de comunicación deberán contar con la documentación legal al día de las entidades regulatorias (DIBAM, SUBTEL, CNTV o según corresponda).

Serán considerados como medios de comunicación social, los siguientes soportes: 

  1. Medio de comunicación social impreso.
  2. Medio de comunicación social de servicios de radiodifusión sonora (con señal distintiva SUBTEL AM-FM-RCC).
  3. Medio de comunicación social televisivo, ya sea de señal abierta o por cable.
  4. Medios de comunicación social de otros soportes electrónicos (medios de comunicación digital).
  5. Medio de comunicación social constituidos por Ley N° 19.418 / Ley N° 19.253/ Ley N° 20.500.
Conforme a lo anterior, la información emitida mediante dichos soportes deberá ser de producción propia del medio. No serán aceptados contenidos que infrinjan derechos de autor o utilicen material de terceros sin autorización, en conformidad con la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual. Adicionalmente, para efectos de acreditar la vigencia, actualización y actividad del medio, no se considerarán como válidas aquellas publicaciones, notas o contenidos que correspondan íntegramente a material replicado desde otros medios, plataformas o agencias de noticias, cuando no exista elaboración, adaptación, autoría o identificación de la fuente por parte del medio postulante.

La postulación deberá evidenciar contenidos originales, de elaboración propia, o bien contenidos de terceros que cumplan con las siguientes condiciones mínimas:
a) Identificación explícita de la fuente, origen o agencia emisora;
b) Autorización de uso, cuando corresponda;
c) Inclusión de un aporte periodístico o editorial propio del medio (tales como contextualización, análisis local, entrevista, desarrollo propio o edición reconocible).

Publicaciones que solamente repliquen —sin citar fuente, sin elaboración propia y sin evidencia de autorización— no se considerarán válidas para efectos de verificación de actividad y vigencia del medio, ni para acreditar la existencia de contenido propio en el marco del concurso.

Tipo de Financiamiento: Hasta $5.500.000

Para el presente Concurso, se financiarán iniciativas de los siguientes soportes:

MODALIDAD DE POSTULACIÓN

MONTO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNITARIOS

MEDIOS COMUNITARIOS RADIALES, TELEVISIVOS E IMPRESOS

Postulaciones de organizaciones de interés público adscritas al Catastro OIP. 

$5.500.000

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL TRADICIONALES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL TELEVISIVOS

$5.000.000

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL RADIALES E IMPRESOS 

$4.500.000

MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DIGITALES

$3.500.000


Requisitos de Postulación

Cada persona natural o jurídica podrá postular independiente del tipo de soporte con un sólo proyecto o propuesta técnica. En caso de existir multiplicidad de postulaciones (mismo RUT), en los términos expresados anteriormente, se dejará válido aquel proyecto que el medio de comunicación social decida mantener en Concurso durante el proceso de subsanación, declarando el resto inadmisibles por incumplimiento al presente numeral de las Bases. 

Los medios de comunicación postulantes, deberán indicar el objeto social o fines que establecen los estatutos o el acta de constitución de la institución privada con la cual se suscriba el convenio. El objeto social se acreditará de manera previa a la suscripción del convenio de transferencia, y deberá ser pertinente con la actividad a desarrollar.

Sólo se podrán suscribir convenios con aquellas instituciones privadas que al momento de la postulación tengan a lo menos dos años de antigüedad contados desde su constitución, y que demuestren experiencia en el área de ejecución del convenio, de acuerdo a lo estipulado en sus estatutos, mediante el objetivo que persiguen. Para estos efectos, al momento de suscribir el convenio se deberá requerir un certificado de vigencia otorgado por el organismo competente en que se acredite la antigüedad de la institución. Además, tanto personas jurídicas como naturales, deberán acreditar la antigüedad del medio de comunicación mediante publicaciones o cualquier documento fehaciente que demuestre y compruebe dicha antigüedad, tal como inscripciones en DIBAM, inscripción de dominio web, entre otras. 

ENTIDAD

DESCRIPCIÓN

Personas jurídicas con fines de lucro

Deben demostrar que el OBJETO guarda relación con actividades de medios de comunicación y antigüedad mínima de dos (2) años desde su constitución al momento de la postulación.

Entidades Ley N°19.418 (Junta de Vecinos), Ley N°19.253 (Ley Indígena), Fundaciones, Corporaciones y toda entidad sin fines de lucro (Municipalidades, organizaciones sociales, entre otros)

Deberá presentar documento que entregue la concesión. (Ejemplo SUBTEL, CNTV, Biblioteca Nacional, inscripción dominio web, entre otros) que demuestre una antigüedad mínima de dos (2) años desde su constitución al momento de su postulación. 

Personas naturales

Deberá presentar documento que entregue la concesión. (Ejemplo SUBTEL, CNTV, Biblioteca Nacional, inscripción dominio web, entre otros), o en su defecto publicaciones que demuestran una antigüedad mínima de dos (2) años desde su creación al momento de la postulación y relación con las actividades de medios de comunicación.  


La información emitida a través de dichos soportes (medios de comunicación social impresos, digitales, radiales), necesariamente debe ser de producción propia del medio, con la respectiva autorización del titular que corresponda y/o respetando las normas sobre Propiedad Intelectual, de acuerdo a lo identificado en el punto 3.1 “Medios de Comunicación Social Postulantes”. Todo lo anterior, será responsabilidad exclusiva del medio de comunicación social respectivo. En caso de incumplir lo señalado, lo cual podrá ser detectado de oficio o previa denuncia, la postulación será declarada inadmisible, independiente de la etapa en la que se encuentre el concurso. 

Los medios de comunicación social deberán cumplir con los requisitos indicados a continuación:

MEDIO

PJ/PN

REQUISITO

DETALLE DEL REQUISITO






TODOS LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 POSTULANTES














TODOS LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 POSTULANTES














PERSONA JURÍDICA/ NATURAL




INHABILIDAD

No estar sujeto/a a ninguna inhabilidad de las señaladas en el punto 3.2 de las presentes Bases. Deberá presentar al momento de postular una declaración jurada, de acuerdo al Anexo N°3

MONTOS

En relación a los montos, cumple con los máximos correspondientes por categoría y solicita el monto dentro del rango permitido por modalidad.

CATASTRO DE MEDIOS REGIONALES

Los medios de comunicación social postulantes deberán estar inscritos en el Catastro de Medios Regionales, acreditando así que son medios de comunicación social regionales, de acuerdo a lo estipulado en el punto 4 de las presentes Bases. 

La inscripción podrá realizarse hasta el 18 de mayo de 2026, en la página: https://catastromediosregionales.msgg.gob.cl/ 

TERRITORIO

Tener domicilio en la región a la que postula y estudios y/o oficinas principales, salas de redacción o espacio asimilado a tal en dicha región. Para el caso de las personas jurídicas, el domicilio, estudios y/u oficinas principales, salas de redacción o espacio asimilado a tal en dicha región, deberá estar claramente establecido en los estatutos de la persona jurídica, o en su defecto en la concesión que otorga el organismo que regula al medio de comunicación, lo anterior se incluye también para el caso de las personas naturales.   

MULTIPLICIDAD POSTULACIÓN

Postula con un proyecto en una sola modalidad a nivel nacional. 

MULTIPLICIDAD COORDINADOR/A Y PROFESIONALES

La persona coordinadora o cualquier otra que realice funciones en el equipo de trabajo podrá figurar en un máximo de un (1) proyecto a nivel nacional remuneradamente (independiente de la función que desempeña).

PERSONA JURÍDICA

REGISTRO COLABORADORES DEL ESTADO

El medio de comunicación social postulante deberá contar con inscripción en el Registro Central de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, al momento de la postulación, esto será verificable mediante el certificado respectivo (portal https://www.registros19862.cl), esto será revisado internamente por el Ministerio, por lo cual no es necesario que lo adjunte. Dicho certificado debe contener información actualizada y ser concordante con la persona que posea la calidad de representante legal actual. 

En caso de tomar conocimiento de que el medio de comunicación postulante no se encuentre debidamente registrado, su proyecto no podrá ser adjudicado. En caso de mediar adjudicación incumpliendo este requisito, se procederá a iniciar el procedimiento del artículo 53 de la ley N°19.880 en lo pertinente.


Existe cierto tipo de requisitos que se detallan de acuerdo al tipo de medio de comunicación social por el cual se postula y que serán revisados íntegramente por el Ministerio, estos son: 

MEDIO

REQUISITO

DETALLE DEL REQUISITO

  RADIO

INSCRIPCIÓN SUBTEL

Al momento de la postulación, el medio de comunicación social debe estar debidamente inscrito y vigente en el registro de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL). El Ministerio internamente solicitará a la autoridad correspondiente que envíe dicha información o su equivalente. 

Si se encuentren sujetas a contratos de arrendamiento, concesiones u otros, al momento de la postulación, él o la titular del medio de comunicación social debe estar debidamente registrado y tener vigente la autorización de arrendamiento, cesión u otra en la SUBTEL a través de Decreto de arriendo de Concesión. 

DIGITAL


ACTUALIZACIÓN

Contar con actualizaciones semanales, mensuales, trimestrales u otra periodicidad en la página de inicio (de acuerdo a lo señalado en el proyecto), en el caso de radios no bastará únicamente con el registro de audio, sino que se verificará la existencia de información actualizada relativa al medio de comunicación social. Además, deberán contar con una programación clara y visible en el sitio.

VISUALIZACIÓN PÁGINA WEB Y PUBLICACIONES

Todos los medios de comunicación social con soporte electrónico deberán contar en su página web con información relativa a su línea editorial (por ejemplo, misión, visión u otro), acceso al archivo histórico de publicaciones, u otras, que permita acreditar la operación del medio

El sitio web deberá contar con noticias e informaciones de producción propia del medio, relacionadas al acontecer local y regional. Lo anterior también será analizado por la Comisión Regional al momento de la evaluación del proyecto. 

TODOS LOS MEDIOS

ANTIGÜEDAD

Todos los medios de comunicación social, deberán tener una antigüedad mínima de dos (2) años al momento de presentar su postulación, lo que será revisado por el Ministerio durante el proceso de admisibilidad, de acuerdo a la información entregada por cada soporte. La antigüedad será revisada en razón de la constitución de la persona jurídica que postule, conjuntamente con la totalidad de la documentación que permita corroborar la antigüedad del medio de comunicación (de acuerdo al tipo de soporte que postule y/o persona natural). 


Documentación

Los medios de comunicación social postulantes deberán cumplir con el envío de los siguientes documentos: 

El Ministerio Secretaría General de Gobierno, podrá constatar la data de medios de comunicación, en razón de publicaciones y/o presentación de documentación entregada con motivo de concursos anteriores del FFMCS. 

TODO MEDIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL QUE POSTULE COMO PERSONA JURÍDICA: 

1. Certificado de Vigencia de la Personalidad Jurídica: Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la Ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente. Para el caso de Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro, deberán adjuntar el Certificado de vigencia de la personalidad jurídica. El certificado de vigencia requerido no debe tener una fecha de emisión anterior a seis meses respecto al inicio del periodo de postulación al Fondo (02 de marzo de 2026).

2. Certificado que acredite la directiva o directorio actual de la personería jurídica (poderes): Copia simple del instrumento donde conste la vigencia y el nombre de las personas que poseen la representación legal del medio de comunicación social y sus facultades para suscribir el respectivo convenio. Si el certificado respectivo no acredita los poderes de los representantes legales, no lo individualiza debidamente, no otorga certeza acerca de la vigencia de sus facultades o corresponde a un representante legal distinto de quien preside el directorio, procederá lo siguiente según corresponda:
a) En caso de sociedades y empresas individuales de responsabilidad limitada, deberá presentarse documentación complementaria: copia de la inscripción de constitución del medio de comunicación otorgado por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio, con vigencia y anotaciones marginales. Deberá adicionarse una copia autorizada ante notaría o archivo judicial (con vigencia del último instrumento público en que se haya otorgado poderes) con indicación de inexistencia de modificaciones posteriores (copia autorizada con vigencia).
b) Para las demás personas jurídicas con un representante legal distinto, ellas deberán presentar copia autorizada ante notaría o archivo judicial (con vigencia del instrumento público en que se haya otorgado o delegado poderes) con indicación que no existen modificaciones posteriores y timbre certificando la inexistencia de anotaciones al margen del documento, su antigüedad deberá ser igual o inferior a tres meses contados desde la fecha de inicio de la postulación.

El certificado de vigencia requerido no debe tener una fecha de emisión anterior a seis meses respecto al inicio del periodo de postulación al Fondo (02 de marzo de 2026).

3. Estatutos de constitución del medio: Se deberán presentar y acreditar los estatutos vigentes de la personalidad jurídica dando cuenta del objeto o fin que persigue la misma. Para el caso de organizaciones de interés público, se podrá presentar copia autorizada por secretario municipal. Se podrá presentar copia autentificada ante notario, la cual NO podrá tener una antigüedad superior a un año desde el inicio de la postulación.
En caso de sociedades y empresas individuales de responsabilidad limitada, deberá presentar copia de la escritura con indicación de inexistencia de modificaciones posteriores.

Para el caso de medios pertenecientes a municipios, se entenderá como estatutos la Ley N°18.695. 

4. Antecedentes del equipo ejecutor: Se deberá adjuntar a su propuesta el currículum vitae y fotocopia simple del certificado de título (o certificado de experiencia, según corresponda) de todos los miembros del equipo ejecutor.  

5. Rol Único Tributario (RUT): RUT Digital (E-RUT) emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Se acepta RUT provisorio.

6. Cuenta bancaria: Certificado de Vigencia y Antigüedad, u otro documento que acredite la apertura de una Cuenta Vista/ Cuenta Corriente/ Cuenta de Ahorro a nombre de la Razón Social postulante, que contenga: Tipo de Cuenta, Número de cuenta, Nombre y RUT de la entidad, activa en cualquier banco comercial. Durante el proceso de postulación se podrán presentar documentos en trámite de apertura de cuenta.

7. Cédula de Identidad persona representante legal: Copia simple Cédula de Identidad de la persona que se presente como representante legal de la persona jurídica postulante, con su respectiva vigencia. 

8. Cédula de Identidad persona coordinadora:  Copia simple Cédula de Identidad de la persona que se presente como coordinadora del proyecto, con su respectiva vigencia. 

9. Declaración jurada, de acuerdo al anexo Nº3

TODO MEDIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL QUE POSTULE COMO PERSONA NATURAL: 
1. Cédula de Identidad: Copia simple Cédula de Identidad de la persona que presente el proyecto con su respectiva vigencia. 

2. Antecedentes del equipo ejecutor: Se deberá adjuntar a su propuesta el currículum vitae, fotocopia simple del certificado de título (o certificado de experiencia, según corresponda) de cada uno de los miembros del equipo ejecutor. 

3. Cuenta bancaria: Certificado de Vigencia y Antigüedad, u otro documento que acredite la apertura de una Cuenta Vista/ Cuenta Corriente/ Cuenta de Ahorro a nombre de la persona natural postulante, que tenga al menos la siguiente información: Tipo de Cuenta, Número de cuenta, Nombre y RUT, activa en cualquier banco comercial (deberá acreditarse movimientos realizados durante el año 2026). Durante el proceso de postulación se podrán presentar documentos en trámite de apertura de cuenta.

4. Declaración jurada, de acuerdo al anexo Nº3

Documentos por tipo de medio de comunicación social

Existen cierto tipo de documentos que se detallan de acuerdo al tipo de soporte del medio de comunicación social por el cual se postula, estos son:

Medios de Comunicación Social Televisivos

  • Certificado de vigencia de la concesión televisiva (SEÑAL ABIERTA): emitido por el Consejo Nacional de Televisión o Resolución del Consejo Nacional de Televisión, que otorga la concesión. El certificado de vigencia de la concesión deberá tener una antigüedad no superior a seis meses desde el inicio de la postulación.
  • Resolución Exenta SUBTEL (SEÑAL CABLE): que autoriza prestar servicios de Televisión por Cable al cable-operador o directamente al canal de televisión. En caso de que SUBTEL no entregue directamente al canal por cable la autorización, se debe presentar copia del contrato y actualizado por el permisionario de la señal, o presentar el certificado de concesión emitido por el Cable-Operador al canal por cable local. Adicionalmente este requisito podrá ser constatado por el Ministerio, en base a la información disponible y de uso público. La resolución y/o el certificado o contrato, deberá tener una antigüedad no superior a seis meses desde el inicio de la postulación.
Medios de comunicación social escritos

  • Certificado Registro y Depósito Legal en Biblioteca Nacional: Emitido con una antigüedad no superior a seis meses desde la fecha de inicio de postulación al Concurso. En el documento se debe detallar claramente el nombre y Rut de la Persona Natural o Jurídica que está postulando al concurso, además de especificar el cumplimiento del depósito legal actualizado (no más de 6 meses desde el momento de la postulación).
  • Ejemplares: Al menos 6 ejemplares impresos (fotos de portadas en formato de imagen) de cualquier documento de verificación fehaciente que acredite las operaciones continuas y sostenidas del medio, (como publicaciones, revistas, diarios, etc.). Los ejemplares deben cumplir todas las siguientes condiciones:

- Antigüedad mínima: Al menos uno de los ejemplares debe demostrar una fecha de publicación con dos años de antigüedad como mínimo respecto de la fecha de postulación. 

- Periodicidad: Los ejemplares deben corresponder a meses distintos, de manera que acrediten la periodicidad auto declarada en el formulario de postulación.

- Formato permitido: Solo se aceptarán fotografías de las portadas de ediciones impresas en papel. No se aceptarán PDF ni capturas provenientes de versiones digitales.

Ejemplo (medios impresos o en papel):
El medio “La Voz de la Comuna” adjunta 6 fotografías (archivos JPG) de portadas impresas:
Ejemplar 1: Foto de la portada de la Edición N° 50, fecha 24-02-2024. (Cumple antigüedad mínima de 2 años).
Ejemplar 2: Foto de la portada de la Edición N° 53, fecha 15-05-2024.
Ejemplar 3: Foto de la portada de la Edición N° 58, fecha 30-10-2024.
Ejemplar 4: Foto de la portada de la Edición N° 61, fecha 20-01-2025.
Ejemplar 5: Foto de la portada de la Edición N° 68, fecha 10-08-2025.
Ejemplar 6: Foto de la portada de la Edición N° 73, fecha 15-01-2026.

*Antigüedad: Cumple. La fecha de corte es el 01-03-2026; el Ejemplar 1 (24-02-2024) supera los 2 años exigidos.
*Meses distintos: Cumple. Los ejemplares provienen de distintos meses (feb 2024, may 2024, oct 2024, ene 2025, ago 2025, ene 2026), acreditando continuidad.
*Formato correcto: Cumple. Todos los respaldos son fotografías de portadas impresas, no documentos digitales.

Medios digitales:

  • Certificado Registro y Depósito Legal en Biblioteca Nacional: Emitido con una antigüedad no superior a seis meses desde la fecha de inicio de postulación al Concurso. En el documento se debe detallar claramente el nombre y Rut de la Persona Natural o Jurídica que está postulando al concurso, además de especificar el cumplimiento del depósito legal actualizado. El certificado de registro deberá tener una antigüedad no superior a seis meses al momento de presentar la postulación. 
  • Inscripción de dominio del sitio web: Copia o Certificado de la inscripción actualizada del dominio del sitio web. (Ejemplo: NicChile u otra entidad que emita dichos dominios de manera fehaciente), vigente al momento de la postulación. El dominio deberá contar con una antigüedad de a lo menos 2 años al momento de la postulación.
  • SII: Certificado, comprobante de inicio de actividades o cartola tributaria otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, o cualquier otro documento que acredite fehacientemente su calidad de medio de comunicación social. Para estos efectos, el postulante deberá contar con giros que correspondan a actividades propias de medios de comunicación, tales como, a modo referencial y no excluyente: radiodifusión sonora; servicios de transmisión radial; producción y difusión de contenidos radiales; edición, publicación y distribución de prensa escrita; edición y difusión de contenidos periodísticos; producción audiovisual; transmisión y programación televisiva; servicios de comunicación digital; medios informativos en plataformas electrónicas o digitales; y otras actividades análogas vinculadas a la comunicación social.
  • Publicaciones página web: Al menos 10 capturas de pantalla (screenshots) de publicaciones de producción propia, que acrediten su operación continua y sostenida.Cada captura debe cumplir todas las siguientes condiciones:
- Visibilidad de la fecha: La fecha de publicación debe ser claramente legible en la captura.
- Antigüedad mínima: Al menos una de las publicaciones deberá demostrar una fecha con dos años de antigüedad mínima respecto de la fecha de postulación.
- Periodicidad: Las capturas deberán corresponder a meses distintos, en coherencia con la periodicidad declarada en el formulario de postulación, no pudiendo existir interrupciones prolongadas de publicación ni períodos extensos sin contenidos de producción propia, dentro del período que se pretende acreditar.
Para estos efectos, no se considerará como producción propia la mera replicación o reproducción íntegra de contenidos provenientes de otros medios de comunicación, sin elaboración editorial propia.
- Formato permitido: Solo se aceptarán capturas de pantalla completas del artículo publicado en el sitio web del medio. No se aceptarán PDF ni versiones editadas, recortadas o provenientes de redes sociales.

Ejemplo (medio digital – página web):
El medio “Noticias-Online.cl” (publicación diaria) adjunta 6 archivos de imagen (JPG/PNG):
Archivo 1: articulo-feb-2024.png
Contenido: Screenshot del artículo “Cierre de festival comunal rompe récord de asistencia”.
Fecha visible: 28 de febrero de 2024.
Archivo 2: articulo-may-2024.png
Contenido: Screenshot del artículo “Entrevista a nueva directora de hospital regional”.
Fecha visible: 10 de mayo de 2024.
Archivo 3: articulo-sep-2024.png
Contenido: Screenshot del artículo “Inauguran nuevo parque en sector poniente”.
Fecha visible: 5 de septiembre de 2024.
Archivo 4: articulo-ene-2025.png
Contenido: Screenshot del artículo “Advierten alza en matrículas escolares”.
Fecha visible: 15 de enero de 2025.
Archivo 5: articulo-jul-2025.png
Contenido: Screenshot del artículo “Reportaje: El impacto de la sequía en la agricultura local”.
Fecha visible: 30 de julio de 2025.
Archivo 6: articulo-feb-2026.png
Contenido: Screenshot del artículo “Comuna se prepara para el censo 2026”.
Fecha visible: 10 de febrero de 2026.

* Antigüedad: Cumple. El Archivo 1 (28-02-2024) es anterior a la fecha de corte (01-03-2024), demostrando los dos años requeridos.
* Meses distintos: Cumple. Las capturas provienen de publicaciones realizadas en distintos meses (feb/24, may/24, sep/24, ene/25, jul/25, feb/26), evidenciando continuidad.
* Formato adecuado: Cumple. Todas las evidencias son capturas de pantalla con fecha visible y pertenecientes a artículos de producción propia.

Para cada pieza o producto digital presentado por medios de carácter digital, deberá ponerse a disposición, los siguientes elementos mínimos de evidencia, mediante el Anexo N°4:
a)  URL o enlace directo a la publicación o contenido.
b) Captura de pantalla con marca temporal o comprobante de publicación, en que se visualice claramente la fecha y hora.
c)  Identificador único de la publicación (Post ID u otro equivalente que entregue la plataforma utilizada).
d)  Cuando proceda, checksum, hash u otro mecanismo de verificación de integridad del archivo multimedia.
e) Evidencia del repositorio de archivos: copia certificada o captura de la estructura de almacenamiento de archivos (por ejemplo, carpetas /año/mes y nombres de archivo), así como, en su caso, logs o registros de publicación, edición o actualización de contenidos alojados en el servidor o servicio de hosting.
f) Declaración simple del medio, en que se indique la versión del CMS utilizado, la plantilla o tema principal aplicado al sitio, y los plugins críticos para la gestión de contenidos y seguridad del sitio, cuando proceda.

Cuando existan dudas fundadas respecto de la integridad, autenticidad o fecha de las publicaciones, el Ministerio podrá requerir:

a) Accesos de solo lectura o visualización al panel de administración del CMS, redes sociales o plataformas utilizadas.
b) La realización de sesiones remotas de inspección (por ejemplo, mediante videollamada) para revisar in situ el panel de control.
c) Certificados o respaldos emitidos por el proveedor de hosting, servicio de almacenamiento o plataforma, en los que consten fecha de carga, modificaciones y otros antecedentes relevantes.

La verificación negativa, la inexistencia de las evidencias requeridas o la no entrega de la documentación digital solicitada dentro del plazo otorgado se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del convenio, pudiendo dar lugar al rechazo de los gastos asociados y/o al término anticipado del mismo, conforme a las disposiciones de estas Bases y de la normativa vigente.



Criterios de Evaluación

Calificación Técnica
Para la calificación técnica de los proyectos, se considerarán los siguientes criterios generales y puntajes: 

  • Diseño de la propuesta (Calidad): Considera la pertinencia del diagnóstico y del objetivo. Se evaluará que la propuesta cuente con un diagnóstico que identifique claramente un problema, necesidad o situación a intervenir, en base a antecedentes fundados y argumentados sobre fuentes de información apropiadas. Así mismo, se espera que el objetivo general apunte a la solución de la situación argumentada en el diagnóstico, y se desarrolle o detalle en objetivos específicos muy concretos y medibles.
  • Coherencia del presupuesto y los objetivos (Viabilidad): En este ítem se evalúa la capacidad de enfoque y proyección de las actividades del proyecto en función de los objetivos trazados, y la capacidad de presupuestar las acciones descritas y su pertinencia en el gasto.
  • Medición de Logros (Impacto Social): Metas, productos y resultado esperados con el proyecto. Deberá dar cuenta de la capacidad que posee el proyecto para que sus efectos permanezcan en el tiempo.  
Rúbrica de evaluación
Para garantizar la objetividad, coherencia y trazabilidad del proceso evaluativo, la Subsecretaría implementará una Rúbrica Estandarizada Nacional, aplicable a todos los criterios generales y específicos señalados en estas Bases.
La rúbrica establecerá descriptores observables, verificables y cuantificables para cada nivel de puntaje dentro de la escala de 1,0 a 10,0, lo que permitirá disminuir la dispersión de criterios, homogeneizar la aplicación de parámetros y fortalecer la transparencia del proceso de evaluación.
La rúbrica será publicada junto con las presentes Bases y deberá ser utilizada obligatoriamente por todas las Comisiones Evaluadoras Regionales.
El puntaje final de cada proyecto será el resultado de la sumatoria ponderada de los criterios evaluados, aplicando los descriptores definidos en la rúbrica, debiendo fundamentarse cada calificación otorgada.
Con el objeto de dar cumplimiento a los principios de objetividad, transparencia y motivación de los actos administrativos (arts. 11 y 16 de la Ley N° 19.880, y arts. 3° y 5° de la Ley N° 18.575), la calificación técnica de los proyectos se realizará utilizando descriptores anclados para cada criterio de evaluación.
  •  La nota por criterio se asignará en una escala entera de 1,0 a 10,0, debiendo utilizarse como referencia explícita los niveles ancla 1–4–6–8–10 que se describen a continuación. 

CRITERIO 1

CALIDAD DE LA PROPUESTA: PERTINENCIA DEL DIAGNÓSTICO 

PUNTAJE

%

Excelente: el problema está definido con precisión; se presenta evidencia oficial o primaria de nivel local con una antigüedad no superior a 36 meses, que cuantifica la magnitud, las brechas y los grupos afectados, estableciendo con claridad la línea causal que justifica el proyecto.

10

17,5%

Muy bueno: se cuenta con evidencia suficiente y mayormente actualizada; las brechas y públicos están identificados de forma clara; existe alta coherencia entre diagnóstico y propuesta de intervención.

8

Adecuado: se presenta evidencia parcial o mixta; el diagnóstico es generalista pero utilizable; la coherencia con la propuesta es aceptable.

6

Insuficiente: la evidencia es débil, desactualizada o poco relevante; se observan supuestos no verificados.

4

Deficiente: no se aporta evidencia verificable o la información es incongruente con la naturaleza y objetivos del Fondo

1

CRITERIO 2

CALIDAD DE LA PROPUESTA: COHERENCIA DE LOS OBJETIVOS 

PUNTAJE

%

Excelente: el objetivo general está formulado bajo criterios SMART; se definen al menos tres objetivos específicos medibles, trazables a los productos y con indicadores de resultado definidos.

10

10,5%

Muy bueno: los objetivos son claros y coherentes; se incluyen indicadores parciales de logro; la trazabilidad hacia los productos es mayormente nítida.

8

Adecuado: los objetivos son comprensibles pero genéricos; se definen indicadores principalmente de producto.

6

Insuficiente: los objetivos son ambiguos, amplios o difícilmente medibles.

4

Deficiente: los objetivos resultan incongruentes con el diagnóstico o con el propósito del Fondo.

1

CRITERIO 3

VIABILIDAD DE LA PROPUESTA: IDONEIDAD DE LAS ACTIVIDADES

PUNTAJE

%

Excelente: se presenta un Gantt completo, con responsables, hitos, plazos y riesgos identificados, incorporando medidas de mitigación; el alcance temporal y territorial es realista; se integran, de manera coherente, actividades orientadas a la difusión previa del proyecto, que fortalecen el conocimiento de la iniciativa por parte de la comunidad antes de la ejecución de los productos financiados.

10

10,5%

Muy bueno: la secuencia de actividades es adecuada; los principales hitos están claros; se identifican riesgos relevantes; se consideran acciones de difusión previa, aunque con menor nivel de detalle o articulación.

8

Adecuado: las actividades son coherentes con los objetivos, pero existen vacíos o imprecisiones en tiempos o responsables; la difusión previa es mencionada de forma general o no sistemática.

6

Insuficiente: las actividades se presentan poco claras, sobredimensionadas o carentes de lógica interna.

4

Deficiente: las actividades no guardan relación verificable con los objetivos planteados.

1

CRITERIO 4

VIABILIDAD DE LA PROPUESTA: PERTINENCIA DEL PRESUPUESTO

PUNTAJE

%

Excelente: se presenta un desglose detallado y debidamente cotizado; los montos se ajustan a precios de mercado; existe vínculo directo y explícito entre cada actividad y el gasto asociado; se cumple íntegramente con las restricciones de las Bases.

10

17,5%

Muy bueno: el desglose es suficiente; se observan una o dos partidas a ajustar sin afectar la viabilidad global del proyecto.

8

Adecuado: se presenta un vínculo general entre actividades y gastos; faltan cotizaciones clave o justificaciones específicas.

6

Insuficiente: se identifican gastos impertinentes, sobredimensionados o poco justificados.

4

Deficiente: el presupuesto es incompatible con las reglas del Fondo o resulta manifiestamente desproporcionado.

1

CRITERIO 5

IMPACTO SOCIAL: METAS Y PRODUCTOS

PUNTAJE

%

Excelente: se definen metas cuantificadas (por ejemplo, en términos de cobertura, frecuencia y alcance); los productos son verificables y cuentan con verificadores específicos (ID de emisión, URL, pauta firmada, entre otros); se incorporan indicadores de resultado y/o herramientas de medición que permiten evaluar el impacto del proyecto en la población objetivo; la propuesta contempla la emisión o difusión de los productos en espacios, periodos o franjas de mayor audiencia del medio, debidamente justificados; se aprecia una lógica clara de impacto local.

10

14%

Muy bueno: las metas son claras y alcanzables; los verificadores propuestos son adecuados; se consideran indicadores de logro o alcance y se hace referencia a espacios relevantes de audiencia, aunque con menor nivel de fundamentación.

8

Adecuado: se definen metas principalmente de producto, sin meta explícita de resultado; los verificadores son genéricos pero suficientes; no se desarrolla la medición de impacto ni la estrategia de audiencia.

6

Insuficiente: Las metas son ambiguas, inconsistentes o difícilmente medibles.

4

Deficiente: no se definen metas ni verificadores, o estos resultan inoperantes.

1


Matriz de Evaluación

La nota final de cada proyecto estará constituida por la antes mencionada evaluación técnica, la consideración de ciertos lineamientos temáticos (enfoque de género, interculturalidad y cuidado del medio ambiente/cambio climático/crisis hídrica). También, se tomará en cuenta el tipo de medio de comunicación social postulante, distinguiendo entre comunitario, público o comercial. Por último, se priorizará en torno a la variable regional determinada por cada Consejo Regional (CORE) al momento de la aprobación de las presentes Bases. 

Con todo, la nota final de los proyectos se entregará por la suma de las ponderaciones asociadas: 

#

Criterios

Orden de Prioridad y Nota

(Nota = Escala del 1 al 10)

 

(%)

1

Evaluación Técnica

Puntaje obtenido en la Evaluación Técnica (calificación máxima = 10 pts.)

70%

2

Género

El diagnóstico identifica claramente brechas de género específicas; el proyecto incorpora acciones concretas y productos orientados a reducirlas, con metas claras, medibles y verificadores específicos.

10 pts.

10%

Identifica brechas de género y considera acciones pertinentes para abordarlas, aunque con menor profundidad o con verificadores generales.

8 pts.

Incluye la temática de género de manera funcional, pero con acciones limitadas o metas poco desarrolladas.

6 pts.

Solo realiza menciones generales a la temática sin acciones o metas vinculadas a las actividades o productos.

4 pts.

No incluye diagnóstico, acciones, metas ni verificadores relacionados al enfoque de género.

1 pt.

3

 

 

Interculturalidad

La temática es central o transversal al proyecto; se presentan metas y verificadores específicos, con clara pertinencia territorial y poblacional.

10 pts.

2,5%


La temática está integrada en actividades o productos relevantes, aunque con menor profundidad o cobertura.

8 pts.

4


La temática está presente de manera general, con acciones acotadas o poco desarrolladas.

6 pts.

 

2,5%

Cuidado del Medio Ambiente

La temática se menciona sólo de forma tangencial, sin acciones concretas ni mecanismos de medición.

4 pts.


La temática no está incorporada en el diagnóstico, actividades, metas ni productos.

1 pt.

4

Tipo de medio

Medios de comunicación social comunitarios (Organizaciones de interés público, de acuerdo a lo estipulado en la Ley N°20.500)

10 pts.

5%

Medios de comunicación social universitarios o pertenecientes a instituciones públicas

8 pts.

Medios de comunicación social que no sean comunitarios (Organizaciones de interés público, de acuerdo a lo estipulado en la Ley N°20.500), universitarios ni pertenecientes a instituciones públicas.

6 pts.

5

Variable Regional

Determinación de cada Consejo Regional al momento de aprobar las Bases. Para ello debe consultar Acuerdo de Aprobación de Bases correspondiente al Consejo Regional de su región

10%

PUNTAJE FINAL (Sumatoria ponderada de factores)

100%


Bases del Concurso

Las Bases Técnicas y Administrativas del concurso se pueden encontrar en el siguiente enlace: https://fondodemedios.gob.cl/bases-x-region/

 

 


Dudas y consultas

Las personas interesadas podrán efectuar consultas sobre las presentes bases, sólo mediante el correo electrónico fondodemedios@msgg.gob.cl y/o por mensajería de texto (WhatsApp) al +56 9 8843 2463. No se responderán consultas ingresadas por otros medios. Estas consultas podrán realizarse desde el 02 al 26 de marzo de 2026
La publicación de las respuestas a Consultas de las Bases será dispuesta en la página web del Fondo www.fondodemedios.gob.cl, el día 27 de marzo de 2026, pasando a formar parte integrante de las presentes Bases.
Para dudas o consultas sobre el funcionamiento de la plataforma electrónica, se contará con una Mesa de Ayuda Telefónica +56 9 6405 0080 / +56 9 6405 0057 / +56 9 8922 6977 o por mensajería de texto (WhatsApp).