FONDO DE FORTALECIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO (FFOIP)
El FFOIP nace por disposición de la Ley N°20.500 y busca fortalecer aquellas organizaciones de interés público que promocionan el interés general en materia de derechos de la ciudadanía, asistencia social, educación, salud, medio ambiente, cualquiera otra de bien común, en especial las que recurran al voluntariado.
Ministerio Secretaría General de Gobierno
Nacional
Participación Ciudadana
Fechas de postulación
Fecha de inicio de postulaciones
Fecha de cierre de postulaciones
Detalles del fondo
Modalidad de postulación
Presencial y online en Portal de Fondos
Tipo de Postulante
Organizaciones
Tipo de Financiamiento
Entre $2.500.000 hasta $10.000.000
Modalidad de postulación: Presencial y online en Portal de Fondos
- Postulación en línea: En el sitio web https://www.fondos.gob.cl/Ficha/SEGEGOB/ffoip se encontrará el formulario digital de postulación y la presentación de la documentación de postulación requerida. Las personas postulantes deberán obtener Clave Única (mayor información en claveunica.gob.cl)
- Postulación en papel físico: Se realizará presentando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, los que deberán ser entregados en las respectivas SEREMI de Gobierno o en la oficina de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana.
- Postulación por correo certificado: Se realizará enviando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, a las respectivas SEREMI de Gobierno o en la oficina de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana. Para aquellos casos en que la postulación sea enviada mediante carta certificada, la organización deberá dar cuenta a el/la Encargado/a Regional del Fondo correspondiente a su región mediante aviso por correo electrónico. Será válida la fecha en la cual se envíe el documento y que queda registrada según lo indicado por la empresa de despachos.
Tipo de Postulante: Organizaciones
El Concurso está orientado a organizaciones de interés público, es
decir, aquellas personas jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la
promoción del interés general y que estén inscritas en el COIP. Podrán postular
organizaciones de interés público que tengan al menos dos años de antigüedad al
momento de la apertura del presente concurso.
Por el solo ministerio de la ley tienen carácter de interés público las
organizaciones comunitarias funcionales y territoriales, tales como juntas de
vecinos y uniones comunales constituidas conforme a la ley Nº19.418, las
comunidades y asociaciones Indígenas reguladas en la Ley Nº 19.253 y las
asociaciones de consumidores de acuerdo a la ley Nº 19.496.
Es por lo anterior que podrán postular al presente concurso todas las
organizaciones que posean la calidad de interés público, especialmente:
a)
Las juntas de vecinos y
uniones comunales, así como demás organizaciones comunitarias funcionales y
territoriales, regidas por la ley Nº19.418. Las cuales poseen calidad de
interés público por el solo ministerio de la ley.
b)
Las asociaciones y comunidades
indígenas, reguladas por la Ley Nº19.253, las cuales poseen calidad de interés
público por el solo ministerio de la ley.
c)
Las asociaciones de
consumidores, reguladas por la Ley Nº19.496, las cuales poseen calidad de
interés público por el solo ministerio de la ley.
d)
Todas aquellas
organizaciones/personas jurídicas sin fines de lucro, tales como fundaciones,
corporaciones, ONG, organizaciones Deportivas (Ley Nº19.712), que posean la
calidad de interés público y que estén inscritas en el COIP o cuya solicitud de
ingreso al Catastro se encuentre ingresada a tramitación antes del término del
periodo de postulaciones y sea aprobada por el Consejo Nacional
Aquellas organizaciones que
no posean la calidad de interés público, deben solicitar la inscripción a
través del sitio
https://catastro-oip.msgg.gob.cl. Esta
inscripción se podrá realizar hasta el último día de postulación al concurso.
Tipo de Financiamiento: Entre $2.500.000 hasta $10.000.000
Modalidad de postulación: Presencial y online en Portal de Fondos
- Postulación en línea: En el sitio web https://www.fondos.gob.cl/Ficha/SEGEGOB/ffoip se encontrará el formulario digital de postulación y la presentación de la documentación de postulación requerida. Las personas postulantes deberán obtener Clave Única (mayor información en claveunica.gob.cl)
- Postulación en papel físico: Se realizará presentando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, los que deberán ser entregados en las respectivas SEREMI de Gobierno o en la oficina de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana.
- Postulación por correo certificado: Se realizará enviando el formulario de postulación y los documentos solicitados en estas bases, a las respectivas SEREMI de Gobierno o en la oficina de la Unidad de Fondos Concursables en la Región Metropolitana. Para aquellos casos en que la postulación sea enviada mediante carta certificada, la organización deberá dar cuenta a el/la Encargado/a Regional del Fondo correspondiente a su región mediante aviso por correo electrónico. Será válida la fecha en la cual se envíe el documento y que queda registrada según lo indicado por la empresa de despachos.
Tipo de Postulante: Organizaciones
El Concurso está orientado a organizaciones de interés público, es
decir, aquellas personas jurídicas sin fines de lucro cuya finalidad sea la
promoción del interés general y que estén inscritas en el COIP. Podrán postular
organizaciones de interés público que tengan al menos dos años de antigüedad al
momento de la apertura del presente concurso.
Por el solo ministerio de la ley tienen carácter de interés público las
organizaciones comunitarias funcionales y territoriales, tales como juntas de
vecinos y uniones comunales constituidas conforme a la ley Nº19.418, las
comunidades y asociaciones Indígenas reguladas en la Ley Nº 19.253 y las
asociaciones de consumidores de acuerdo a la ley Nº 19.496.
Es por lo anterior que podrán postular al presente concurso todas las
organizaciones que posean la calidad de interés público, especialmente:
a)
Las juntas de vecinos y
uniones comunales, así como demás organizaciones comunitarias funcionales y
territoriales, regidas por la ley Nº19.418. Las cuales poseen calidad de
interés público por el solo ministerio de la ley.
b)
Las asociaciones y comunidades
indígenas, reguladas por la Ley Nº19.253, las cuales poseen calidad de interés
público por el solo ministerio de la ley.
c)
Las asociaciones de
consumidores, reguladas por la Ley Nº19.496, las cuales poseen calidad de
interés público por el solo ministerio de la ley.
d)
Todas aquellas
organizaciones/personas jurídicas sin fines de lucro, tales como fundaciones,
corporaciones, ONG, organizaciones Deportivas (Ley Nº19.712), que posean la
calidad de interés público y que estén inscritas en el COIP o cuya solicitud de
ingreso al Catastro se encuentre ingresada a tramitación antes del término del
periodo de postulaciones y sea aprobada por el Consejo Nacional
Aquellas organizaciones que
no posean la calidad de interés público, deben solicitar la inscripción a
través del sitio
https://catastro-oip.msgg.gob.cl. Esta
inscripción se podrá realizar hasta el último día de postulación al concurso.
Tipo de Financiamiento: Entre $2.500.000 hasta $10.000.000
Requisitos de Postulación
Documentación
- Certificado de Vigencia de la Personalidad Jurídica sin fines de lucro: Fotocopia simple del instrumento donde conste la vigencia de la organización postulante, emitido por el órgano correspondiente. El certificado de vigencia requerido no debe tener una fecha de emisión anterior a seis meses respecto al inicio del periodo de postulación al Fondo (02 de marzo de 2026).
- Certificado de Directorio de la Personalidad Jurídica sin fines de lucro: Fotocopia simple del instrumento donde conste el nombre del/los representantes legales de la organización y sus facultades para suscribir el respectivo convenio. El certificado de vigencia requerido no debe tener una fecha de emisión anterior a seis meses respecto al inicio del periodo de postulación al Fondo (02 de marzo de 2026).
- Estatutos de constitución: Las organizaciones postulantes deberán presentar y acreditar sus estatutos vigentes, los cuales deberán dar cuenta del objeto o fines de la personalidad jurídica. En el caso de las organizaciones de interés público, se aceptará la presentación de copia autorizada por el/la Secretario/a Municipal correspondiente.Los estatutos deberán presentarse en copia fiel, debidamente timbrada o certificada por la autoridad competente. No se aceptarán documentos editables ni versiones sin certificación, tales como archivos en formato Word.
- Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT): Fotocopia o RUT Digital (E-RUT) emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Se acepta RUT provisorio.
- Copia simple Cédula de Identidad: de quien/quienes posea/n la representación legal de la organización y de la persona que figure como Coordinador/a del proyecto. La Cédula de identidad deberá estar vigente a la fecha de la postulación.
- Curriculum vitae profesionales participantes: Se deberá adjuntar a su propuesta el currículum vitae y fotocopia simple del certificado de título (o certificado de experiencia, según corresponda) de todos los miembros del equipo ejecutor sean o no remunerados.
- Cuenta a nombre de la organización (**): Certificado de Vigencia y/o antigüedad, u otro documento que acredite la apertura de una Cuenta bancaria a nombre de la Organización, que contenga información relativa a: Tipo de Cuenta, Número de cuenta, Nombre y RUT de la Organización, activa en cualquier banco comercial. Se considerarán válidos aquellos documentos cuya antigüedad máxima date del 31 de diciembre de 2025.
- Anexo N°1: Experticia del equipo de trabajo (opcional)
- Anexo N°3 Declaración de inhabilidades
- Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores de edad: En el caso de aquellas iniciativas que declaren trabajar con niños, niñas y adolescentes, la organización postulante deberá adjuntar el Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores de edad respecto de la totalidad de las personas integrantes de la directiva y de todos/as los/las profesionales que conformen el equipo ejecutor del proyecto, sean estos remunerados o voluntarios.
(*) Sin perjuicio de ello, se podrá obtener documentación por parte del Ministerio Secretaría General de Gobierno a partir de interoperatividad documental con el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Criterios de Evaluación
Precalificación Técnica
La precalificación técnica de los proyectos será realizada por un equipo técnico a cargo del Ministerio Secretaría General de Gobierno, en base a la Pauta de Evaluación de las presentes Bases.
Los criterios de evaluación que serán considerados para la precalificación de los proyectos, corresponden a cinco ámbitos que se detallan a continuación:
- Pertinencia del diagnóstico (Fundamentación del proyecto)
- Enfoque de género (Fundamentación del proyecto)
- Coherencia de objetivos (Planteamiento del proyecto)
- Consistencia del presupuesto y las actividades (Factibilidad presupuestaria y ejecución)
- Resultados Esperados (Medición del impacto del proyecto y sus resultados)
Matriz de Priorización
Los criterios de priorización son orientaciones específicas que se pueden considerar en los proyectos, y que constituirán el puntaje final con el cual se priorizará el proyecto. Estas orientaciones buscan poner énfasis en materias que son relevantes y prioritarias para la gestión institucional. Es así, para el presente Concurso, se priorizará en razón de la focalización, las temáticas, la adjudicación previa y la asociatividad entre organizaciones/organismos.
Para el presente Concurso, el Consejo Nacional determinó como matriz de priorización los siguientes factores y criterios:
Procedimiento final de evaluación y priorización
La evaluación final de cada proyecto se calculará considerando los puntajes otorgados para cada uno de los criterios, los cuales deberán ser sumados de acuerdo a la ponderación establecida para cada uno de ellos, obteniendo así la nota final.
En caso de empate en el puntaje final entre dos o más proyectos, se aplicarán, en el siguiente orden, los criterios de desempate:
Para el presente concurso, la priorización consignada en el acta de evaluación se realizará aplicando un criterio de territorialidad:
Al momento de realizar la priorización en el Acta de evaluación, el Consejo Regional del FFOIP deberá priorizar en la categoría local, en primer lugar, un proyecto por comuna, siempre que cumplan con los puntajes mínimos establecidos, correspondiente a las iniciativas con los mejores puntajes obtenidos en el proceso. Después, se procederá a priorizar a los proyectos restantes, indistintamente de la comuna de origen, de acuerdo a los criterios estimados por el Consejo Regional.
La evaluación final “de corte” que deberá alcanzar un proyecto para quedar seleccionado no podrá, en ningún caso, ser inferior a 5.0 pts.
(*) De acuerdo al art. 25 y 37 del Decreto N°1, la adjudicación de proyectos podría no ser necesariamente de acuerdo al puntaje obtenido en la precalificación técnica.
(**) La ponderación corresponde a un 70% de la evaluación total (dentro de la matriz de evaluación).
(***) De acuerdo a variables determinadas por los Consejos Regionales del FFOIP, detalladas en el punto 11.4
Bases del Concurso
Las Bases y el Manual de Ejecución del FFOIP, podrán revisarse en la página: https://fondodefortalecimiento.gob.cl/