CERRADO
Cierre de postulación: Martes 13 de Agosto, 2024

FONDO CONCURSABLE SERNAC PARA EL FINANCIAMIENTO DE INICIATIVAS DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES. SEGUNDO LLAMADO 2024

Fondo Concursable creado por el artículo 11 bis de la ley N°19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, destinado al financiamiento de iniciativas que las Asociaciones de Consumidores desarrollen en el cumplimiento de sus objetivos

Invita:
Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)
Alcance:
Nacional
Categoría:
Participación Ciudadana

Fechas de postulación





17 jul. 24

Fecha de inicio de postulaciones

13 ago. 24

Fecha de cierre de postulaciones

27 sept. 24

Entrega de Resultados

31 oct. 24

Firma de convenios

Detalles del fondo

Modalidad de postulación

Icono modalidad de postulación Online


Tipo de Postulante

Icono Tipo de Postulante Organizaciones


Tipo de Financiamiento

Icono Tipo de Financiamiento Entre $3.000.000 a $75.000.000


Modalidad de postulación: Online

Conforme a lo establecido por el Consejo de Administración del Fondo, la postulación deberá realizarse exclusivamente a través del portal web www.fondos.gob.cl  . La modalidad de postulación definida por el Consejo será la de concurso, entendiéndose por tal, aquel que permite postular durante un plazo fijo, comunicando el correspondiente llamado en un medio de acceso público.

El plazo de postulación se extenderá por 20 días hábiles administrativos (de lunes a viernes excluyendo los feriados) desde el día hábil siguiente a la publicación del llamado.

No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo

Las Asociaciones podrán postular a cualquiera de las siguientes modalidades de proyecto: 

Línea General:

- Proyectos individuales

- Proyectos cooperativos 


Tipo de Postulante: Organizaciones

Podrán participar todas las Asociaciones de Consumidores (AdC) constituidas en conformidad con lo dispuesto en el Título II, párrafo 2°, de la Ley N° 19.496 y que cuenten con, al menos, 2 años de antigüedad de su personalidad jurídica, al momento de su postulación.

Tipo de Financiamiento: Entre $3.000.000 a $75.000.000

Las asociaciones postulantes podrán solicitar financiamiento en las siguientes categorías de gastos: o Gastos de Honorarios: Aquellos destinados exclusivamente al pago de personas que prestan servicios profesionales o técnicos, o apoyo experto al proyecto y que tienen injerencia técnica directa y relevante en su ejecución. Ellos conformarán el equipo ejecutor, y se les deberá identificar, de acuerdo a lo solicitado en el Formulario, como asesoría calificada e individualizarlos con sus nombres, apellidos y número de Cédula de Identidad. o Gastos de Producción: Son los gastos requeridos para la generación de productos o entrega de servicios dirigidos al beneficiario del proyecto, que no constituyan contratación de personas a honorarios. Consisten generalmente en gastos por servicios o bienes que no subsisten después de la ejecución del proyecto, tales como materiales de oficina, papelería, impresión, artículos fungibles, arriendo de bienes, de equipos y recintos, alimentos, pasajes y fletes asociados a actividades comprometidas en el proyecto, etc. o Gastos de Operación: Son los gastos destinados a la contratación de bienes y servicios para el soporte necesario para la ejecución del proyecto, no directamente dirigidos al beneficiario. Consisten igualmente en gastos por servicios o bienes que no subsisten después de la ejecución del proyecto, tales como papelería y materiales para tareas administrativas, pasajes y viáticos de miembros de la Asociación ejecutora, fletes no directamente asociados a actividades, etc.

Podrán incluirse como parte de los gastos de operación aquellos costos financieros asociados al otorgamiento y mantención de las garantías requeridas para la postulación al concurso. Podrá incluirse, además, con cargo a esta categoría, un monto determinado para gastos imprevistos por hasta un 10% del valor total del proyecto, entendiéndose como tales aquellos en que deba incurrirse por situaciones extraordinarias, no contempladas en la formulación del proyecto y necesarias para su correcta ejecución, los que deberán ser debidamente rendidos y vinculados a las actividades del proyecto cuando corresponda. Podrán gastarse, así mismo, con cargo al ítem de imprevistos, eventuales gastos por la renovación o contratación de nuevas garantías requeridas en caso, por motivo de prórroga del período de ejecución, autorizada por el Coordinador General del Fondo, conforme el punto Nº 25 de las presentes bases.


El total del ítem gastos de operación no podrá exceder el 15% del presupuesto total del proyecto presentado. o Gastos de Difusión y Eventos: Son los destinados a divulgar la existencia, contenido, desarrollo y resultados del proyecto. Comprenden cualquiera de los soportes que permitan la exposición pública del proyecto financiado, tales como afiches, lienzos, catálogos, registro fotográfico, publicidad radial o en cualquier medio de comunicación nacional, regional o local, impresiones de material de difusión, arriendo y producción para eventos, merchandising a entregar en el marco del proyecto, entre otros. o Gastos de Inversión: Son los destinados a la adquisición de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten después de terminada su ejecución, tales como equipos de audio, cámaras, mobiliario, etc. Estos gastos deben ajustarse a la iniciativa planteada, por lo que en el formulario deberá indicarse con claridad si, a través de llamados anteriores, las inversiones solicitadas ya han contado con recursos y los motivos para requerir un nuevo gasto al respecto.

Modalidad de postulación: Online

Conforme a lo establecido por el Consejo de Administración del Fondo, la postulación deberá realizarse exclusivamente a través del portal web www.fondos.gob.cl  . La modalidad de postulación definida por el Consejo será la de concurso, entendiéndose por tal, aquel que permite postular durante un plazo fijo, comunicando el correspondiente llamado en un medio de acceso público.

El plazo de postulación se extenderá por 20 días hábiles administrativos (de lunes a viernes excluyendo los feriados) desde el día hábil siguiente a la publicación del llamado.

No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo

Las Asociaciones podrán postular a cualquiera de las siguientes modalidades de proyecto: 

Línea General:

- Proyectos individuales

- Proyectos cooperativos 


Tipo de Postulante: Organizaciones

Podrán participar todas las Asociaciones de Consumidores (AdC) constituidas en conformidad con lo dispuesto en el Título II, párrafo 2°, de la Ley N° 19.496 y que cuenten con, al menos, 2 años de antigüedad de su personalidad jurídica, al momento de su postulación.

Tipo de Financiamiento: Entre $3.000.000 a $75.000.000

Las asociaciones postulantes podrán solicitar financiamiento en las siguientes categorías de gastos: o Gastos de Honorarios: Aquellos destinados exclusivamente al pago de personas que prestan servicios profesionales o técnicos, o apoyo experto al proyecto y que tienen injerencia técnica directa y relevante en su ejecución. Ellos conformarán el equipo ejecutor, y se les deberá identificar, de acuerdo a lo solicitado en el Formulario, como asesoría calificada e individualizarlos con sus nombres, apellidos y número de Cédula de Identidad. o Gastos de Producción: Son los gastos requeridos para la generación de productos o entrega de servicios dirigidos al beneficiario del proyecto, que no constituyan contratación de personas a honorarios. Consisten generalmente en gastos por servicios o bienes que no subsisten después de la ejecución del proyecto, tales como materiales de oficina, papelería, impresión, artículos fungibles, arriendo de bienes, de equipos y recintos, alimentos, pasajes y fletes asociados a actividades comprometidas en el proyecto, etc. o Gastos de Operación: Son los gastos destinados a la contratación de bienes y servicios para el soporte necesario para la ejecución del proyecto, no directamente dirigidos al beneficiario. Consisten igualmente en gastos por servicios o bienes que no subsisten después de la ejecución del proyecto, tales como papelería y materiales para tareas administrativas, pasajes y viáticos de miembros de la Asociación ejecutora, fletes no directamente asociados a actividades, etc.

Podrán incluirse como parte de los gastos de operación aquellos costos financieros asociados al otorgamiento y mantención de las garantías requeridas para la postulación al concurso. Podrá incluirse, además, con cargo a esta categoría, un monto determinado para gastos imprevistos por hasta un 10% del valor total del proyecto, entendiéndose como tales aquellos en que deba incurrirse por situaciones extraordinarias, no contempladas en la formulación del proyecto y necesarias para su correcta ejecución, los que deberán ser debidamente rendidos y vinculados a las actividades del proyecto cuando corresponda. Podrán gastarse, así mismo, con cargo al ítem de imprevistos, eventuales gastos por la renovación o contratación de nuevas garantías requeridas en caso, por motivo de prórroga del período de ejecución, autorizada por el Coordinador General del Fondo, conforme el punto Nº 25 de las presentes bases.


El total del ítem gastos de operación no podrá exceder el 15% del presupuesto total del proyecto presentado. o Gastos de Difusión y Eventos: Son los destinados a divulgar la existencia, contenido, desarrollo y resultados del proyecto. Comprenden cualquiera de los soportes que permitan la exposición pública del proyecto financiado, tales como afiches, lienzos, catálogos, registro fotográfico, publicidad radial o en cualquier medio de comunicación nacional, regional o local, impresiones de material de difusión, arriendo y producción para eventos, merchandising a entregar en el marco del proyecto, entre otros. o Gastos de Inversión: Son los destinados a la adquisición de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten después de terminada su ejecución, tales como equipos de audio, cámaras, mobiliario, etc. Estos gastos deben ajustarse a la iniciativa planteada, por lo que en el formulario deberá indicarse con claridad si, a través de llamados anteriores, las inversiones solicitadas ya han contado con recursos y los motivos para requerir un nuevo gasto al respecto.

Requisitos de Postulación

Podrán participar en los Concursos todas las Asociaciones de Consumidores constituidas en conformidad con lo dispuesto en el Título II, párrafo 2º, de la Ley Nº 19.496, que tengan a lo menos, 2 años de antigüedad de su personalidad jurídica, a la fecha de su postulación. Se entenderá otorgada la personalidad jurídica, a partir del momento de la publicación del extracto del Acta de Constitución en el Diario Oficial, según señala la legislación aplicable a estas Asociaciones (DL N° 2.757 de 1979, del Ministerio del Trabajo).

Documentación

- Línea General: 

Modalidades Individual y Cooperativa:

  • Formulario de postulación web

  • Declaración jurada simple suscrita por el Presidente y/o el Representante Legal de la asociación

  • Certificado de vigencia y directorio de la Asociación postulante, con individualización de los miembros de su directorio

  • Desglose presupuestario

  • Desglose de experiencia de la AdC

  • Documentos que den cuenta de la experiencia de la AdC.

  • Desglose de experiencia del equipo ejecutor

  • Documentos que den cuenta de la experiencia del equipo ejecutor

  • Cotizaciones para cada gasto superior a $400.000

  • Ficha metodológica para proyectos de estudio: Aplica para solo para los proyectos de este tipo

  • Planificación del proyecto postulado


En esta oportunidad la antigüedad de la personalidad jurídica, aplicable como criterio de admisibilidad a todas las líneas y modalidades de postulación, será verificada con la División de Asociatividad del Ministerio de Economía, Fomento y turismo.


Criterios de Evaluación

La evaluación será realizada por el Consejo de Administración del Fondo, quien podrá, a su vez, solicitar la asistencia de la Coordinación General del Fondo para una pre-evaluación de los proyectos, a fin de tenerla a la vista para su propia evaluación o pronunciarse sobre ésta para la determinación del puntaje de los proyectos; no obstante, la decisión formal sobre la evaluación de los proyectos deberá, en cualquier caso, ser siempre tomada por el Consejo.

 

La evaluación será realizada conforme a los siguientes criterios de Evaluación, definidos en las Bases de Concurso:

 

Línea General: 

Modalidades Individual y Cooperativa

  • Diagnóstico y justificación del problema de consumo: 20%

  • Descripción del proyecto: 35%

  • Experiencia de la asociación en la ejecución de proyectos: 20%

  • Comportamiento previo en ejecución de proyectos: 15%

  • Costos y presupuesto del proyecto: 10%



Bases del Concurso

El plazo de postulación se iniciará el día hábil siguiente a la publicación del aviso del llamado a concurso en un medio de comunicación nacional.

Las bases de concurso se encontrarán disponibles en en los sitios web de SERNAC y del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Las bases pueden ser descargadas directamente desde https://www.sernac.cl/portal/620/w3-propertyname-647.html



Dudas y consultas

Los postulantes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las bases. Éstas podrán enviarse al correo electrónico de la Coordinadora General del Fondo Concursable pespinoza@sernac.cl, con copia a rgonzalezd@sernac.cl y cabbas@sernac.cl, dentro del plazo de 10 días desde la publicación de la convocatoria. No serán admitidas consultas o solicitudes de aclaración formuladas fuera de plazo y/o mediante un conducto diferente al aquí indicado.

Cada una de las consultas será respondida por el Coordinador del Fondo, o quien el Servicio Nacional del Consumidor designe en su reemplazo para estos efectos, en un plazo no superior a 3 (tres) días contados desde término del período de consultas, siendo dispuesta cada respuesta a través de la página web del Servicio www.sernac.cl (sección Participar - Fondo Concursable). En el evento que el Consejo efectuara aclaraciones a las Bases dentro del período de postulación, éstas se publicarán en la página web del SERNAC, reemplazándose, además, el documento correspondiente a las bases en el portal http://fondos.gob.cl, todo con una antelación mínima 5 (cinco) días antes del cierre del plazo de postulación. Tanto las respuestas publicadas como las aclaraciones realizadas a las bases se entenderán parte íntegra de las bases del concurso.