Programa de Apoyo Social para ex trabajadores de la pesca industrial
El Artículo 173 de la Ley General de Pesca, define el programa de Apoyo Social, que consite en la entrega de un aporte pecuniario no reembolsable por un monto que no podrá exceder de 40 Unidades de Fomento Anuales. Este beneficio se otrogorá en forma anual hasta por un periodo de tres años, mientras se mantenga el cumplimiento los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Subsecretaria de Pesca y Acuicultura - SUBPESCA
Nacional
Inclusión y desarrollo social
Detalles del fondo
Modalidad de postulación
Presencial
Tipo de Postulante
Persona Natural
Tipo de Financiamiento
40UF
Modalidad de postulación: Presencial
El llamado a postulación se publica en un diario de circulación nacional y en la página web de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura www.subpesca.cl
El plazo de postulación al presente Programa se extenderá por un mes
contado desde la fecha de su publicación conforme al artículo 174 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura. Si el último día del plazo de postulación recae en un día
inhábil, se prorrogará hasta el día hábil siguiente. Sólo se recibirán las postulaciones
que se acompañen hasta las 14:00 horas del último día del plazo.
El postulante deberá hacer llegar la Ficha de Postulación junto a la documentación
requerida a la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, ubicada
en Bellavista N
° 168, piso16, de la ciudad de Valparaíso, o, en su defecto, presentarla
en las Direcciones Zonales.
Tipo de Postulante: Persona Natural
Este programa está destinado a ex trabajadores de la industria pesquera (desvinculados) que comprende al ex trabajador tanto de la actividad pesquera extractiva como la actividad de transformación de recursos hidrobiológicos a través de plantas de procesamiento, entendiéndose por ello lo siguiente:
-Ex trabajador de la industria pesquera extractiva: persona que ha prestado servicios en virtud de un contrato de trabajo, en un empresa pesquera extractiva; y que ha perdido su trabajo como consecuencia de la aplicación de la ley N°18.892 por una causa no imputable al trabajador.
-Ex trabajador de la industria pesquera de procesamiento: persona que ha prestado servicios en virtud de un contrato de trabajo en una planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos; y que ha perdido su trabajo como consecuencia de la aplicación de la ley N°18.892 por una causa no imputable al trabajador.
Tipo de Financiamiento: 40UF
Para efecto del presente Programa deberá entenderse por "beneficio", la
entrega de un aporte pecuniario no reembolsable por un monto que no podrá
exceder de 40 unidades de fomento anuales. Este beneficio se otorgará en forma
anual, hasta por un período de 3 años, mientras se mantengan los requisitos exigidos
para su otorgamiento de conformidad con este programa, de acuerdo con la
disponibilidad presupuestaria existente.
Modalidad de postulación: Presencial
El llamado a postulación se publica en un diario de circulación nacional y en la página web de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura www.subpesca.cl
El plazo de postulación al presente Programa se extenderá por un mes
contado desde la fecha de su publicación conforme al artículo 174 de la Ley General
de Pesca y Acuicultura. Si el último día del plazo de postulación recae en un día
inhábil, se prorrogará hasta el día hábil siguiente. Sólo se recibirán las postulaciones
que se acompañen hasta las 14:00 horas del último día del plazo.
El postulante deberá hacer llegar la Ficha de Postulación junto a la documentación
requerida a la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, ubicada
en Bellavista N
° 168, piso16, de la ciudad de Valparaíso, o, en su defecto, presentarla
en las Direcciones Zonales.
Tipo de Postulante: Persona Natural
Este programa está destinado a ex trabajadores de la industria pesquera (desvinculados) que comprende al ex trabajador tanto de la actividad pesquera extractiva como la actividad de transformación de recursos hidrobiológicos a través de plantas de procesamiento, entendiéndose por ello lo siguiente:
-Ex trabajador de la industria pesquera extractiva: persona que ha prestado servicios en virtud de un contrato de trabajo, en un empresa pesquera extractiva; y que ha perdido su trabajo como consecuencia de la aplicación de la ley N°18.892 por una causa no imputable al trabajador.
-Ex trabajador de la industria pesquera de procesamiento: persona que ha prestado servicios en virtud de un contrato de trabajo en una planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos; y que ha perdido su trabajo como consecuencia de la aplicación de la ley N°18.892 por una causa no imputable al trabajador.
Tipo de Financiamiento: 40UF
Para efecto del presente Programa deberá entenderse por "beneficio", la
entrega de un aporte pecuniario no reembolsable por un monto que no podrá
exceder de 40 unidades de fomento anuales. Este beneficio se otorgará en forma
anual, hasta por un período de 3 años, mientras se mantengan los requisitos exigidos
para su otorgamiento de conformidad con este programa, de acuerdo con la
disponibilidad presupuestaria existente.
Requisitos de Postulación
a) Ser ex trabajador de la industria pesquera a la fecha de su postulación;
b) Haber perdido su empleo en la industria pesquera en virtud de alguna de las causales de terminación de contrato previstas en los numerales 4, 5 o 6 del artículo 159, o conforme a los artículos 161 o 171, todos del código del trabajo, a partir del 1 de enero del año 2013 inclusive;
c) Registrar cesantía efectiva, con posterioridad al término de la relación laboral que haga valer para los efectos de su postulación. Se entenderá que existe cesantía efectiva cuando el postulante registre a lo menos un periodo de 1 mes sin un trabajo remunerado (contrato de trabajo), inmediatamente a continuación de la fecha de término del empleo que invoque para postular, o dentro de los 3 meses siguientes a la fecha antes señalada;
d) Tener más de 55 años a la fecha de postulación al programa;
e) Contar con una antigüedad en la industria pesquera de a los menos 180 meses de trabajo, de manera continua o discontinua anteriores a la fecha del término de la relación laboral invocada;
f) No ser beneficiario de alguna pensión estatal o jubilación anticipada o por enfermedad;
e) En caso de haber conseguido un nuevo empleo, su remuneración mensual líquida no podrá ser superior a 14 UF.
Documentación
a) Fotocopia de cédula de identidad vigente del postulante por ambos lados
b) Finiquito de trabajo, en original, o bien, copia autorizada, que el postulante invoque para los efectos de su postulación, mediante el cual se acredite el término de la relación laboral en la industria pesquera
c) Certificado Histórico de Cotizaciones Previsionales (en original) emitido durante el plazo de postulación señalado en las bases del programa, emitido por la AFP respectiva.
d) Declaración Jurada simple, firmada por la personas interesada en postular.
Criterios de Evaluación
a) Edad del postulante 25%
b) Antigüedad de trabajo en la industria pesquera 20%
c) Meses de cesantía efectiva 20%
d) Remuneración líquida 35%
Bases del Concurso
Esta Subsecretaría emite, a través de Resolución Exenta, las bases generales de procedimiento, evaluación y selección de beneficiarios de este programa, las cuales son publicadas en un diario de circulación nacional y en la página web www.subpesca.cl
Dudas y consultas
En caso de consultas, interesados e interesadas podrán enviar un correo electrónico a la casilla pescaindustrial@subpesca.cl.